Page 22 - San Juan Bautista Tuxtepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31-SOL-30.
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-30-SOL-29. suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-32.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo El siguiente resultado AF-33 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
como solventado el resultado AF-31. transcribe a continuación:
El siguiente resultado AF-32 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se (…)
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-33 CON OBSERVACIÓN
(…)
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA
“RESULTADO: AF-32 CON OBSERVACIÓN CONSTRUCCIÓN; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3251 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE TERRESTRE; se de $7,706,902.59 (Siete millones setecientos seis mil novecientos dos pesos 59/100 M.N.), observándose
constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $817,255.89 que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
(Ochocientos diecisiete mil doscientos cincuenta y cinco pesos 89/100 M.N.), observándose que los justificativa del gasto, como lo es el procedimiento de contratación que garantice al municipio las
registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
justificativa del gasto, como lo es el procedimiento de contratación que garantice al municipio las circunstancias que estime pertinentes; la solicitud de la necesidad; la autorización correspondiente
mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás para su contratación; y la evidencia de los trabajos realizados. También, se observó que no registró
circunstancias que estime pertinentes; y la autorización correspondiente para su contratación. las transacciones en el momento de su realización. Además de lo anterior, se observó que no presentó
Además de lo anterior, se observó que no registró las transacciones en el momento de su realización, la documentación que acredite el pago realizado, a más tardar, durante el primer trimestre del
como se detalla en el ANEXO DAM-FC-31. ejercicio fiscal 2024, o en su caso, el reintegro a la tesorería de la federación, se detalla en el ANEXO
DAM-FC-32.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. General de Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 17 primer párrafo de la
Pliego de Observaciones. Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
2023-OA/CPM/049/2024-PO-25
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $817,255.89 (Ochocientos Pliego de Observaciones.
diecisiete mil doscientos cincuenta y cinco pesos 89/100 M.N.), conforme a las observaciones
detalladas en este resultado.” 2023-OA/CPM/049/2024-PO-26
(…) Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $7,706,902.59 (Siete
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado millones setecientos seis mil novecientos dos pesos 59/100 M.N.), conforme a las observaciones
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: detalladas en este resultado.”
(…)
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