Page 20 - San Juan Bautista Tuxtepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                            (Cuatrocientos treinta y seis mil quinientos treinta y cuatro pesos 03/100 M.N.), conforme a las
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                             observaciones detalladas en este resultado.”

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                                         (…)
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-26-SOL-25.
                                                                                                                                                 La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-27.                                                                                  Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                                                                                                                                                 observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-27-SOL-26.
                            El siguiente resultado AF-28 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                           Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                                                 suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                     (…)                                                                                                         como solventado el resultado AF-28.

                                        “RESULTADO: AF-28 CON OBSERVACIÓN                                                                        El siguiente resultado AF-29 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                                 transcribe a continuación:
                                        De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
                                        TRANSPORTE; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de               (…)
                                        $436,534.03 (Cuatrocientos treinta y seis mil quinientos treinta y cuatro pesos 03/100 M.N.),
                                        observándose que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la                        “RESULTADO: AF-29 CON OBSERVACIÓN
                                        documentación justificativa del gasto, como lo es el procedimiento de contratación que garantice al                  De la revisión a la sub-subcuenta 51291-2971 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
                                        municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,                           DEFENSA Y SEGURIDAD; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en
                                        oportunidad y demás circunstancias que estime pertinentes; la autorización correspondiente para su                   cantidad de $147,500.01 (Ciento cuarenta y siete mil quinientos pesos 01/100 M.N.), observándose que
                                        adquisición; las bitácoras de mantenimiento en las que se demuestre que las refacciones y                            los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
                                        accesorios adquiridos fueron suministrados en los equipos de transporte propiedad del municipio.                     justificativa del gasto, como lo es el procedimiento de contratación que garantice al municipio las
                                        Además de lo anterior, se observó que, se realizó el servicio de mantenimiento al vehículo marca                     mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
                                        Nissan modelo 2022, con número de serie 3N6AD35A6NK830975 y placas RS-0885-A, el cual, de                            circunstancias que estime pertinentes; y la autorización correspondiente para su adquisición, como
                                        acuerdo con la plantilla vehicular, éste se encuentra dado de baja, como se detalla en el ANEXO DAM-                 se detalla en el ANEXO DAM-FC-28.
                                        FC-27.
                                                                                                                                                             Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I Ley General              General de Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                        de Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,                         Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado
                                        Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de                  de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del
                                        la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal                 Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                        de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                                                                             Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                                                                                                                                             Pliego de Observaciones.
                                        Pliego de Observaciones.
                                                                                                                                                             2023-OA/CPM/049/2024-PO-22
                                        2023-OA/CPM/049/2024-PO-21                                                                                           Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                                             documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $147,500.01 (Ciento
                                        Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $436,534.03

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