Page 17 - San Juan Bautista Tuxtepec
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contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del firmada. Asimismo, no registró las transacciones en el momento de su realización, como se detalla en INFORME FINAL DE AUDITORÍA
gasto, como lo es el procedimiento de contratación que garantice al municipio las mejores el ANEXO DAM-FC-21.
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
circunstancias que estime pertinentes; la autorización correspondiente para la adquisición de los Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
materiales; y la evidencia del destino final de los recursos. Asimismo, no registró las transacciones en General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186
el momento de su realización, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20. párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
General de Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Pliego de Observaciones.
de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del 2023-OA/CPM/049/2024-PO-17
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,027,426.50 (Un millón
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: veintisiete mil cuatrocientos veintiséis pesos 50/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en
este resultado.”
Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/049/2024-PO-16 (…)
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $292,523.00 (Doscientos La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
noventa y dos mil quinientos veintitrés pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
en este resultado.”
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
(…) observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-21-SOL-20.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-22.
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20-SOL-19. El siguiente resultado AF-23 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo (…)
como solventado el resultado AF-21.
“RESULTADO: AF-23 CON OBSERVACIÓN
El siguiente resultado AF-22 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: De la revisión a la sub-subcuenta 51261-2611 COMBUSTIBLES; se constató que la entidad fiscalizable
afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $12,750,520.49 (Doce millones setecientos cincuenta
(…) mil quinientos veinte pesos 49/100 M.N.), observándose la cantidad de $10,296,184.48 (Diez millones
doscientos noventa y seis mil ciento ochenta y cuatro pesos 48/100 M.N.), debido a que los registros
“RESULTADO: AF-22 CON OBSERVACIÓN contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación comprobatoria
De la revisión a la sub-subcuenta 51251-2591 OTROS PRODUCTOS QUIMICOS; se constató que la entidad relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. Además, se detectó que no presentó
fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,027,426.50 (Un millón veintisiete mil contratos de comodato de vehículos. Por lo anterior, se observó que suministró combustible a
cuatrocientos veintiséis pesos 50/100 M.N.), observándose que los registros contables y vehículos que no se encuentran registrados en el inventario de bienes muebles integrado en la Cuenta
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, como lo Pública del ejercicio fiscal 2023. También, se observó que no canceló la documentación
es la autorización correspondiente para su adquisición; y la lista de los beneficiarios debidamente comprobatoria del egreso con la leyenda “operado”. Tampoco presentó la documentación que
acredite el pago, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-22.
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