Page 13 - San Juan Comaltepec
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El siguiente resultado AD-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                          Incumpliendo con lo establecido en los artículos 126 y 134 párrafos primero y segundo de la              INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcribe a continuación:                                                                                            Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61 párrafo primero fracción II inciso c) párrafo
                                                                                                                      primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 137 párrafos primero y segundo de la
(…)                                                                                                                   Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Oaxaca; 74 y 75 de la Ley Estatal de
                                                                                                                      Planeación; 68 fracción X, 127 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca;
“RESULTADO: AD-06  CON OBSERVACIÓN                                                                                    Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología
                                                                                                                      del Marco Lógico (MML).
CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DE GASTOS
                                                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Derivado de la revisión y análisis realizado a la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, de
la Entidad Fiscalizable, para verificar el cumplimiento de metas de gasto de los Programas                            Solicitud de Aclaración:
Presupuestario: “Gobierno Moderno”, “Comunicaciones y Transportes” y “Desarrollo Urbano y                             2023-OA/CPM/052/2024-SA-06
Ordenamiento Territorial”, se concluye lo siguiente:                                                                  Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                      documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
Se observó que la Entidad Fiscalizable en los programas presupuestarios: “Gobierno Moderno”, reportó,                 este resultado.”
en la Cuenta Pública Municipal, un importe aprobado por la cantidad de $ 6,162,014.41 (Seis Millones
ciento sesenta y dos mil catorce pesos 41/100 M.N.); “Comunicaciones y Transportes” reportó, en la                 (…)
Cuenta Pública Municipal, un importe aprobado por la cantidad de $ 1,837,262.23 (Un millón
ochocientos treinta y siete mil doscientos sesenta y dos pesos 23/100 M.N.); y “Desarrollo Urbano y       Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Ordenamiento Territorial” reportó, en la Cuenta Pública Municipal, un importe modificado por la           Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
cantidad de $2,878,900.24 (Dos millones ochocientos setenta y ocho mil novecientos pesos 24/100           transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
M.N.), sin estar autorizados en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023.                      Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
                                                                                                          por consentidas las observaciones realizadas.
Se verificó que, respecto al Programa Presupuestario “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial” la
Entidad Fiscalizable acreditó el cumplimiento de las metas de gasto, al ejercer el total de los recursos  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 126 y 134 párrafos primero y segundo de
asignados al Programa Presupuestario.                                                                     la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61 párrafo primero fracción II
                                                                                                          inciso c) párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 137 párrafos
Por otra parte, se observó que, con relación al Programa Presupuestario, “Gobierno Moderno”, la           primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de
Entidad Fiscalizable devengó y pagó la cantidad de $8,853,855.42 (Ocho millones ochocientos               Oaxaca; 74 y 75 de la Ley Estatal de Planeación; 68 fracción X y 127 párrafo primero de la
cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y cinco pesos 42/100 M.N.), de un total reportado como         Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y
importe modificado para ejercer al 31 de diciembre en cantidad de $8,867,221.86 (Ocho millones            Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
ochocientos sesenta y siete mil doscientos veintiún pesos 86/100 M.N.), por lo que no acreditó cumplir
con la meta de gasto al presentar un importe por ejercer, al 31 de diciembre, en cantidad de $13,366.44   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
(Trece mil trescientos sesenta y seis pesos 44/100 M.N.), que representa el .15% del total asignado al    no solventado el resultado AD-06.
Programa Presupuestario.

Por otra parte, se observó que, con relación al Programa Presupuestario, “Comunicaciones y
Transportes”, la Entidad Fiscalizable devengó y pagó la cantidad de $2,371,998.93 (Dos millones
trescientos setenta y un mil novecientos noventa y ocho pesos 93/100 M.N.), de un total reportado
como importe modificado para ejercer al 31 de diciembre en cantidad de $2,446,006.71 (Dos millones
cuatrocientos cuarenta y seis mil seis pesos 71/100 M.N.), por lo que no acreditó cumplir con la meta
de gasto al presentar un importe por ejercer, al 31 de diciembre, en cantidad de $74,007.78 (Setenta y
cuatro mil siete pesos 78/100 M.N.), que representa el 3.02% del total asignado al Programa
Presupuestario.

Por lo anterior, se concluye que, la Entidad Fiscalizable no cumplió con los principios de eficiencia y
eficacia al no ejecutar en su totalidad los recursos de los Programas Presupuestarios “Gobierno
Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”

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