Page 39 - San Juan Cotzocón
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Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la entidad Solicitud de aclaración: INFORME FINAL DE AUDITORÍA
fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de 2023-OA/CPM/053/2024-SA-08
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
por consentidas las observaciones realizadas. Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 13 fracción I de la Ley de Disciplina este resultado.”
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 4, 20 primer párrafo, 22 primer
párrafo, 26 y 51 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado (…)
de Oaxaca.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera no programación y presupuestación de las obras, para atender el resultado antes transcrito,
solventado el Resultado: AF-45. misma que fue analizada (que no corresponde a lo observado) como se detalla en el ANEXO
DAM-VIF-SOL-01.
El siguiente Resultado: AF-46 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación: Incumpliendo con lo establecido en los artículos 118 fracciones II y III, 136, 184 y 197 de la Ley
de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 18 fracción III,
(…) 20, 22, 26 y 61 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y
40 fracción 1 y 60 del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural del Estado de
“RESULTADO: AF-46 CON OBSERVACIÓN Oaxaca.
De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
del Municipio de San Juan Cotzocón, Distrito Mixe, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que no presentó concluyendo como no solventado el Resultado: AF-46.
la memoria descriptiva, planos del proyecto, presupuesto de obra, la cédula de información básica y
generalidades de la inversión, calendario de ejecución, generadores de obra, permiso de El siguiente Resultado: AF-47 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
construcción, dictamen de factibilidad, las especificaciones generales y particulares de construcción, se transcribe a continuación:
observaciones presentes en trece obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-01
(…)
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 fracción IV inciso f) de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 118 fracciones II y III, 136, 149, 184 186 fracción VIII y 197 de la “RESULTADO: AF-47 CON OBSERVACIÓN
Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 18 fracción III, 20, 22,
26 y 61 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 40 fracción 1 y 60 De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de San
del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural del Estado de Oaxaca. Juan Cotzocón, Distrito Mixe, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de
adjudicación de las obras, se constató que no presentó el Acta de Acuerdo de excepción a la
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente licitación pública, las bases de licitación, la invitación a los contratistas, el acta de visita al sitio de la
acción: obra, el acta de junta de aclaraciones, el acta de apertura de las propuestas, el dictamen de las
propuestas, el acta de fallo, la invitación a la Contraloría u Órgano de Control Interno del
Ayuntamiento y las Propuestas de los licitantes participantes, observaciones presentes en catorce
obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-02.
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