Page 39 - San Juan Cotzocón
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Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la entidad                                                  Solicitud de aclaración:                                                                                         INFORME FINAL DE AUDITORÍA
fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de                                             2023-OA/CPM/053/2024-SA-08
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
por consentidas las observaciones realizadas.                                                                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                     documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 13 fracción I de la Ley de Disciplina                                               este resultado.”
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y 4, 20 primer párrafo, 22 primer
párrafo, 26 y 51 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado                                      (…)
de Oaxaca.
                                                                                                                         La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera no                             programación y presupuestación de las obras, para atender el resultado antes transcrito,
solventado el Resultado: AF-45.                                                                                          misma que fue analizada (que no corresponde a lo observado) como se detalla en el ANEXO
                                                                                                                         DAM-VIF-SOL-01.
El siguiente Resultado: AF-46 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 118 fracciones II y III, 136, 184 y 197 de la Ley
                                                                                                                         de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 18 fracción III,
         (…)                                                                                                             20, 22, 26 y 61 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y
                                                                                                                         40 fracción 1 y 60 del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural del Estado de
            “RESULTADO: AF-46 CON OBSERVACIÓN                                                                            Oaxaca.

            De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
            del Municipio de San Juan Cotzocón, Distrito Mixe, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,             insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
            respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que no presentó              concluyendo como no solventado el Resultado: AF-46.
            la memoria descriptiva, planos del proyecto, presupuesto de obra, la cédula de información básica y
            generalidades de la inversión, calendario de ejecución, generadores de obra, permiso de                      El siguiente Resultado: AF-47 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
            construcción, dictamen de factibilidad, las especificaciones generales y particulares de construcción,       se transcribe a continuación:
            observaciones presentes en trece obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-01
                                                                                                                                  (…)
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 fracción IV inciso f) de la Constitución Política
            del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 118 fracciones II y III, 136, 149, 184 186 fracción VIII y 197 de la              “RESULTADO: AF-47 CON OBSERVACIÓN
            Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 18 fracción III, 20, 22,
            26 y 61 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 40 fracción 1 y 60                     De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de San
            del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural del Estado de Oaxaca.                                             Juan Cotzocón, Distrito Mixe, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de
                                                                                                                                     adjudicación de las obras, se constató que no presentó el Acta de Acuerdo de excepción a la
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                    licitación pública, las bases de licitación, la invitación a los contratistas, el acta de visita al sitio de la
            acción:                                                                                                                  obra, el acta de junta de aclaraciones, el acta de apertura de las propuestas, el dictamen de las
                                                                                                                                     propuestas, el acta de fallo, la invitación a la Contraloría u Órgano de Control Interno del
                                                                                                                                     Ayuntamiento y las Propuestas de los licitantes participantes, observaciones presentes en catorce
                                                                                                                                     obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-02.

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