Page 14 - San Juan Lachigalla
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Como complemento de información, se consultó el Registro Público Único de Financiamientos y DICTAMEN
Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y el Registro Estatal de Financiamiento y Obligaciones de Oaxaca de la Secretaría de Esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que el Municipio
Finanzas del Poder Ejecutivo de Oaxaca, en las direcciones electrónicas oficiales siguientes: de San Juan Lachigalla , Distrito de Ejutla, Oaxaca , no cumplió con lo establecido en las
https://www.disciplinafinanciera. hacienda.gob.mx/es/DISCIPLINA_FINANCIERA/Registro_Publico_ disposiciones legales y normativas a las que está obligado, por las razones expuestas
Unico y https://www. finanzasoaxaca.gob.mx/transparenciapresupuestaria/rendicion_cuentas .html, en los resultados AC-01, AC-02, AC-03, AC-05, AC-06, AC-07, AC-08, AC-09, AC- 10 y AC-11
en cuyos registros se confirmó que la Entidad Fiscalizable no contrató Deuda Pública ni contrajo contenidos en este Informe Final de Auditoría.
obligaciones de pago durante el ejercicio fiscal 2023.
No omito mencionar que, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca
En virtud de no haber contratado deuda pública y no haber contraído obligaciones de pago durante ejercerá las acciones que correspondan conforme a la Ley de Fiscalización Superior y
el ejercicio 2023, la Entidad Fiscalizable no refleja información financiera de los indicadores en el Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca y demás disposiciones aplicables.
Sistema de Alertas reportada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
ATENTAMENTE
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
alguna, respecto a este resultado.”
(…)
Debido a lo anterior, este resultado AC-12 permanece sin observaciones.
RDEICSTUAMMENENDE RESULTADOS
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adecoSnatninJuuaacniónLa: chigalla , Distrito de Ejutla, Oaxaca , no cumplió con lo establecido en las TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
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conACte-0n1idos2e0n23e-OsAte/CIPnMfo/0rm56e/20F2in4a-SlAd-e01AuditorSíoali.citud de Aclaración SÍ NO
AC-02 2023-OA/CPM/056/2024-SA-02 Solicitud de Aclaración SÍ NO
NoACo-m03ito m20e2n3-cOioAn/CaPrMq/0u5e6/, 2l0a24A-SuAd-i0to3 ría SupSoelirciioturdddee AFcilsacraacliizóan ción delSEÍ stado de ONOaxaca
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AC-06 2023-OA/CPM/056/2024-SA-06 Solicitud de Aclaración SÍ NO
AC-07 2023-OA/CPM/056/2024-SA-07 Solicitud de Aclaración SÍ NO
AC-08 2023-OA/CPM/056/2024-SA-0A7 T E N TSoAlicMituEdNdeTAEclaración SÍ NO
AC-09 SÍ NO
AC-10 2023-OA/CPM/“05E6L/R20E2S4P-ESAT-O09AL DERESColiHciOtuAd dJeENAcOlaEraScLióAn PAZ” SÍ NO
2023-OA/CPM/056/2024-SA-10 Solicitud de Aclaración
AC-11 2023-OA/CPM/056/2024-SA-11 Solicitud de Aclaración SÍ NO
AC-12 SIN OBSERVACIÓN --- - -
L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
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