Page 11 - San Juan Lachigalla
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(…) El siguiente resultado AC-09 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que INFORME FINAL DE AUDITORÍA
se transcribe a continuación:
“RESULTADO: AC-08 CON OBSERVACIÓN
(…)
De la revisión y análisis realizado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se
constató que no presentó la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2023, por lo anterior, no acreditó que “RESULTADO: AC-09 CON OBSERVACIÓN
los importes de las partidas presupuestarias ejercidas y registradas correspondan a los importes De la revisión y análisis realizado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se
autorizados en el Presupuesto de Egresos Aprobado; de igual manera, no comprobó que se hubieran identificó que no presentó los Contratos de obra pública celebrados en el ejercicio 2023, por lo
realizado y autorizado de manera correcta las correspondientes modificaciones al Presupuesto de anterior, no acreditó que la contratación de obras públicas se haya realizado sujetándose a los
Egresos en el ejercicio 2023. montos máximos y mínimos establecidos en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca 2023,
y que la suma de los montos contratados de las obras ejecutadas por excepción a la licitación
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 62 párrafo primero, 63 y 65 de la Ley General de pública, no hubiera excedido del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública.
Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Así mismo, no exhibió el Padrón Oficial de Contratistas de Obra Pública del ejercicio fiscal 2023
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 68 párrafo primero fracción IX, 128 párrafo último y 129 debidamente publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26, 27 y 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Relacionados con las Mismas; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Oaxaca; 26 A, 26 B, 46 tercer párrafo, 47, 50 párrafo primero y 51 de la Ley de
Solicitud de Aclaración: Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca y 89 fracción VII del Presupuesto de
Egresos del Estado de Oaxaca 2023.
2023-OA/CPM/056/2024-SA-07
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en Solicitud de Aclaración:
este resultado.”
2023-OA/CPM/056/2024-SA-09
(…) Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad este resultado.”
Fiscalizable No presentó evidencia con respecto al resultado anteriormente transcrito, No
ejerciendo a su favor el derecho en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y (…)
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que; se tienen por consentidas las
observaciones realizadas. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 62 párrafo primero, 63 y 65 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Presentó copia certificada del contrato bajo la modalidad de Invitación Restringida a
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 12 párrafo primero de la Ley de cuando menos tres Contratistas número OAX-MSJL-203/003/FAISMUN/06/2023,
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 68 párrafo primero correspondiente a la ejecución de una obra del Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la
fracción IX, 128 párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales (FAISMUN), sin
embargo, esta contratación rebasa el monto máximo establecido en el Presupuesto de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye Egresos del Estado de Oaxaca del ejercicio fiscal 2023; así mismo, el monto contratado de
como no solventado el resultado AC-08. esta obra ejecutada por excepción a la licitación pública, excede el 30% del presupuesto
autorizado en materia de Obra Pública; aunado a lo anterior NO presentó el documento
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