Page 34 - San Juan Lalana
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(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                          Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
                                                                                                                                            como no solventado el Resultado: AF-45.
                                “RESULTADO: AF-45

INFORME FINAL DE AUDITORÍA      De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento        El siguiente Resultado: AF-46 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de Choápam, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,        se transcribe a continuación:
                                respecto a la documentación comprobatoria de las obras, se constató que presentó las notas de
                                bitácora de una estimación, sin embargo, carece de sellos y firmas, así como también se constató que        (…)                CON OBSERVACIÓN
                                no presentaron las pruebas de resistencia a la compresión del concreto hidráulico utilizado en las obras,
                                las pruebas de laboratorio para la construcción de revestimientos, los CFDI correspondientes a los          “RESULTADO: AF-46
                                pagos de las estimaciones y las notas de bitácora de las estimaciones, observaciones presentes en
                                once obras, como se desglosa en el anexo DAM-VIF-02.

                                Incumpliendo con lo establecido en el artículos 51 fracción VI, 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios  De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                Relacionados del Estado de Oaxaca; artículo 7 de la Ley de Infraestructura de Calidad; artículos 60         del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de Choápam, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
                                fracción VIII, 280, 282 y 324 del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de      se observa que en diversos conceptos de obra de las estimaciones no presentaron fotografías que
                                Oaxaca; artículos 186 fracción II, 198 y 206 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del  evidencien la realización de esos trabajos, observaciones presentes en dos obras, como se relaciona a
                                Estado de Oaxaca; apartado 8 de la Norma NMX-C-083-ONNCCE-2014 y la Fracción D1 de la Norma N               continuación:
                                CTR CAR 1 04 001/00.
                                                                                                                                            .NÚM.               NOMBRE DE LA OBRA     LOCALIDAD   NÚMERO DE CONTRATO          IMPORTE    NÚMERO DE
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente       OC-2                                                                          DETERMINADO       ANEXO
                                acción:                                                                                                            "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON          SAN   MSJL/COP/FISMDF/205/11/
                                                                                                                                                   CONCRETO HIDRÁULICO EN DIFERENTES   LORENZO               018/2023      $ 373,472.42  DAM-VIF-03
                                                                                                                                                   CALLES DE LA LOCALIDAD DE SAN
                                                                                                                                                   LORENZO."

                                Solicitud de aclaración:                                                                                           "CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA
                                                                                                                                                   ENTUBADA DE LA LOCALIDAD DE SAN
                                                                                                                                            OC-5   LORENZO."                             SAN     MSJL/COP/FISMDF/205/15   $ 264,335.70   DAM-VIF-04
                                                                                                                                                                                      LORENZO.              /015/2023
                                2023-OA/CPM/057/2024-SA-08.
                                Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                                                                  TOTAL                    $ 637,808.12
                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
                                este resultado.”                                                                                                                      Fuente: Expedientes técnicos presentados por la entidad fiscalizable.

                                (…)                                                                                                         Incumpliendo con lo establecido en el artículo 56 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                                                                                                                            Relacionados del Estado de Oaxaca.
                            Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                            Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-02, no ejerciendo a su favor el                            acción:
                            derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                            Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones                              Pliego de observaciones:
                            realizadas.
                                                                                                                                            2023-OA/CPM/057/2024-PO-30.
                            Incumpliendo con lo establecido en el artículos 51 fracción VI, 56 de la Ley de Obras Públicas
                            y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; artículo 7 de la Ley de Infraestructura de                       Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            Calidad; artículos 60 fracción VIII, 280, 282 y 324 del Reglamento de Construcción y                            documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $637,808.12 (Seiscientos
                            Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca; artículos 186 fracción II, 198 y 206 de la Ley                  treinta y siete mil ochocientos ocho pesos 12/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este
                            de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Oaxaca; apartado 8 de la                          resultado.”
                            Norma NMX-C-083-ONNCCE-2014 y la Fracción D1 de la Norma N CTR CAR 1 04 001/00.
                                                                                                                                            (…)

                            32
   29   30   31   32   33   34   35   36   37   38   39