Page 5 - San Miguel Ejutla
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6. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la presentación de la cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Cuenta Pública, de los Estados Financieros y de los Informes Trimestrales de Avance de 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la
Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, y que la información que la integra se Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año
ajuste a la normatividad aplicable. 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de
Auditoría con los siguientes resultados:
7. Se verificó que la información contenida en el Informe de Gobierno corresponda a la
que se encuentra registrada en la contabilidad del Municipio. El siguiente resultado AC-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
8. Se verificó que las partidas presupuestarias ejercidas y registradas, estén consideradas
en el Presupuesto de Egresos Aprobado. (…)
9. Se constató que la contratación de obras públicas se haya realizado de acuerdo a la “RESULTADO: AC-01 CON OBSERVACIÓN
normatividad aplicable.
De la revisión y fiscalización a la documentación presentada por H. Ayuntamiento del Municipio de
10. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Obras y que San Miguel Ejutla, Distrito de Ejutla, Oaxaca, a requerimiento de auditoría, se constató lo siguiente:
se ajustó a las normas correspondientes.
a) Presentó el documento denominado Plan Municipal de Desarrollo 2020-2022 y acta de sesión
11. Se verificó que para la asignación de obras por administración directa, el Ayuntamiento extraordinaria de cabildo celebrada para el análisis, discusión y en su caso aprobación de la
contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para vigencia del plan municipal de desarrollo 2020-2022 del municipio de San Miguel Ejutla, Distrito de
el desarrollo de los trabajos. Ejutla, Oaxaca para el ejercicio fiscal 2023, de fecha 10 de enero de 2023; sin embargo, no presento
evidencia de haber informado ante el Instituto de Planeación para el Bienestar, la ratificación de
12. Se confirmó si la Entidad Fiscalizable contrató Deuda Pública u Obligaciones a corto dicho Plan Municipal de Desarrollo, el cual según la normatividad aplicable, tiene vigencia sólo
plazo por el periodo del ejercicio legal de igual manera, no exhibió evidencia de haber publicado el Plan
Municipal de Desarrollo 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, dentro de los primeros
INFORME FINAL DE AUDITORÍA seis meses, contados a partir de la fecha de instalación del Ayuntamiento.
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos b) Presentó el Acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo para la aprobación de la Ley de Ingresos
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo 2023, de fecha 28 de noviembre de 2022, aprobada por mayoría calificada, así como la
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo correspondiente publicación del Decreto No. 1207 de fecha 04 de abril de 2023, en el Periódico
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo Oficial del Gobierno del Estado de fecha 22 de abril de 2023.
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y c) Presentó el acuse de recepción de Presupuesto de Egresos 2023 emitido por la Plataforma
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I inciso c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 Tecnológica SiMCA Ultra, con folio PE/2023/268/00143-A, identificando que fue presentado ante el
fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior y entonces Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca en fecha 13 de febrero de 2023;
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541, de igual manera, presentó Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo para la Aprobación del
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de Presupuesto de Egresos, de fecha 11 de febrero de 2023; sin embargo, no exhibió evidencia
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número documental de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o Gaceta Municipal.
d) Con relación a las Modificaciones al Presupuesto de Egresos, presentó Actas de Sesiones de
Cabildo de enero a diciembre de 2023 donde se autorizaron las modificaciones al Presupuesto de
Egresos, sin embargo, no presentó las modificaciones correspondientes, ni la evidencia de que
hayan sido presentadas ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado durante el
ejercicio fiscal 2023, y que se encuentren publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado
o Gaceta Municipal.
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