Page 7 - San Miguel Ejutla
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b) Se identificó que presentó el Bando de Policía y Gobierno, constatando que fue aprobado por Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera INFORME FINAL DE AUDITORÍA
mayoría calificada, dentro de los primeros 90 días siguientes a la toma de posesión, mediante suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 01 de marzo de 2023, sin embargo, no como solventado el resultado AC-02.
presentó evidencia de haberlo hecho de conocimiento al Congreso del Estado, y haberlo
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca o Gaceta Municipal dentro El siguiente resultado AC-03 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
del periodo antes citado. transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II, párrafos primero y segundo de la (…)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del
Sistema Nacional Anticorrupción; 23 y 71 párrafo primero fracción I inciso g) y fracción II incisos a) “RESULTADO: AC-03 CON OBSERVACIÓN
y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113 fracción I, párrafo
décimo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo segundo De la revisión y fiscalización a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable a
de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 de la Ley de Responsabilidades requerimiento de auditoría, se constató que, realizó el proceso de Entrega-Recepción de la
Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV, 10 párrafo Administración Municipal, de acuerdo al Acta Circunstanciada de fecha 01 de enero de 2023, misma
primero fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo y 30 párrafo primero, fracciones V que se encuentra debidamente requisitada y contiene la relación de bienes y documentación sujeta
y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de a entregar, sin embargo, no exhibió evidencia de que el acta realizada se haya elaborado en tres
Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I y I Bis, 68 párrafo primero fracción V y tantos y presentado uno de ellos ante el entonces Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
71 párrafo primero fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y Acuerdo por el Oaxaca, como lo establece la normatividad aplicable.
que se da a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo
16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 175 y 176 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Solicitud de Aclaración:
Solicitud de Aclaración:
2023- OA/CPM/069/2024-SA-02 2023- OA/CPM/069/2024-SA-03
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
resultado.” resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó el oficio 180 de fecha 25 de julio de 2024, mediante el cual remite al H. Congreso del Respecto de las observaciones del Acta circunstanciada de Entrega-Recepción, de nueva
Estado de Oaxaca, para su conocimiento, el Manual de Organización y Manual de cuenta proporcionó, la idéntica documentación que proveyó en el proceso de fiscalización
Procedimientos, Código de Ética y Conducta, así como el Bando de Policía y Gobierno, así y de la cual deviene la observación que nos ocupa, por lo tanto, al tratarse de la misma
mismo, se identificó que estos documentos se encuentran publicados en la respectiva documentación se concluye que subsiste la observación realizada.
página oficial de internet del municipio, y de igual manera se identificó que el Bando de
Policía y Gobierno se encuentra publicado en la gaceta municipal electrónica del municipio,
solventando este punto.
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