Page 23 - San Miguel Soyaltepec
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(…) CON OBSERVACIÓN (…) CON OBSERVACIÓN INFORME FINAL DE AUDITORÍA
“RESULTADO: AF-33 “RESULTADO: AF-34
De la revisión efectuada a la documentación técnica, contable y presupuestaria presentada por el H. De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, entidad fiscalizable presentó el
Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Soyaltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, se constató documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023”, y como
que presentó el documento básico para la ejecución de obras denominado: Programa Anual de Obra resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Pública, del ejercicio Fiscal 2023, sin embargo, no muestra el responsable de las obras, la modalidad Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el
de ejecución por obra, no indica el número de hombres y mujeres, los grupos de edad y los tipos de Padrón de contratistas del H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Soyaltepec, Distrito de
localidad beneficiados por cada obra, y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial Tuxtepec, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2023, no fue publicado, por lo que el municipio no demuestra
del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica que los contratistas con los cuales se contrataron las obras públicas estuvieron debidamente
http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Programa Anual de Obra Pública del inscritos en el padrón.
ejercicio Fiscal 2023 del H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Soyaltepec, Distrito de Tuxtepec,
Oaxaca, no se encuentra publicado, igualmente no presentó evidencia de su publicación en otros Incumpliendo con lo establecido en el artículo 26 A de la Ley de Obras Públicas y Servicios
medios, como la Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas municipales; lo cual denota Relacionados del Estado de Oaxaca.
una deficiente planeación de las obras previo a su ejecución.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 48 fracción I incisos b), f) y g), y 49 de la Ley de Solicitud de Aclaración.
Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: 2023-OA/CPM/070/2024-SA-06
Solicitud de Aclaración. Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
2023-OA/CPM/070/2024-SA-05 resultado.”
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la (…)
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
resultado.” La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Presentó oficio original, sin número, de fecha 08 de agosto de 2024 que manifiesta que, con
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: el fin de transparentar y difundir dicha información, la publicación del Padrón de
Contratistas se realizó en la página del Municipio, anexando el enlace a la página web del
Presentó copia certificada del Programa Anual de Obras Ejercicio 2023. ente fiscalizable, de lo que se constató que se encuentra publicado.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-33. como solventado el resultado AF-34.
El siguiente resultado AF-34 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-35 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
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