Page 18 - San Miguel Soyaltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                    y dos mil ochocientos cuarenta y seis pesos 16/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                     este resultado.”

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                                 (…)
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-18-SOL-19.
                                                                                                                                         La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                    antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-21.                                                                          Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                                                                                                                                         observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-19-SOL-20.
                            El siguiente resultado AF-22 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                                         suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                (…)                         CON OBSERVACIÓN                                                              como solventado el resultado AF-22.

                                “RESULTADO: AF-22                                                                                        El siguiente resultado AF-23 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                         transcribe a continuación:

                                De la revisión a las sub-subcuenta 51351-3551 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE                    (…)                         CON OBSERVACIÓN
                                TRANSPORTE, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
                                $297,766.83 (Doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta y seis pesos 83/100 M.N.),               “RESULTADO: AF-23
                                observándose la cantidad de $52,846.16 (Cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y seis pesos
                                16/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados        De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3571 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTTO. DE MAQUINARIA,
                                con la documentación justificativa del gasto como son los tres referentes, la solicitud que especifique  OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de
                                la necesidad, la autorización correspondiente, la constancia de recepción, la evidencia del uso y        Egresos en cantidad de $438,637.76 (Cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos treinta y siete
                                destino final del recurso y la plantilla vehicular; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-19.               pesos 76/100 M.N.), observándose la cantidad de $190,350.20 (Ciento noventa mil trecientos
                                                                                                                                         cincuenta pesos 20/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se
                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de         encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto como es el procedimiento de
                                Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos           contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a
                                primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de               precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud del
                                Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento         servicio, la autorización correspondiente, y la evidencia de los trabajos realizados, cómo se detalla en
                                de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y                     el ANEXO DAM-FC-20.
                                Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de
                                Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                Pliego de Observaciones.

                                Pliego de Observaciones.                                                                                 2023-OA/CPM/070/2024-PO-18

                                2023-OA/CPM/070/2024-PO-17                                                                               Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                         documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $190,350.20 (Ciento
                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la       noventa mil trecientos cincuenta pesos 20/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $52,846.16 (Cincuenta         resultado.”

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