Page 20 - San Miguel Soyaltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      “RESULTADO: AF-26           CON OBSERVACIÓN                                                             El siguiente resultado AF-27 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                        transcribe a continuación:
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3811 GASTOS DE CEREMONIAL; se constató que la Entidad
                                Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $550,000.00 (Quinientos cincuenta mil      (…)                         CON OBSERVACIÓN
                                pesos 00/100 M.N.), observándose la cantidad de $173,000.00 (Ciento setenta y tres mil pesos 00/100
                                M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la       “RESULTADO: AF-27
                                documentación comprobatoria relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet; ni con la
                                documentación justificativa del gasto como es el procedimiento de contratación en donde                 De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL; se constató que
                                garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,                la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $4,641,177.60 (Cuatro millones
                                financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud de la necesidad del        seiscientos cuarenta y un mil ciento setenta y siete pesos 60/100 M.N.), observándose la cantidad
                                servicio, la autorización correspondiente y la evidencia de los eventos realizados, cómo se detalla en  de $333,651.96 (Trecientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y un pesos 96/100 M.N.), debido a
                                el ANEXO DAM-FC-22.                                                                                     que los registro contable y presupuestario no se encuentra soportado con la documentación
                                                                                                                                        justificativa del gasto como es el procedimiento de contratación en donde garanticen al municipio
                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43,  las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y
                                67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 28 párrafos primero y segundo       demás circunstancias pertinentes; la solicitud que especifique la necesidad de la contratación del
                                de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y                    servicio, la autorización correspondiente y la evidencia del uso y destino del recurso, cómo se detalla
                                Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley          en el ANEXO DAM-FC-23.
                                de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
                                Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de         Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                               primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                                                                                                                        Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:               de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                                                                                                                        Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de
                                Pliego de Observaciones.                                                                                Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de
                                                                                                                                        la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                2023-OA/CPM/070/2024-PO-20

                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $173,000.00 (Ciento
                                setenta y tres mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”          Pliego de Observaciones.

                                (…)                                                                                                     2023-OA/CPM/070/2024-PO-21

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                       Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $333,651.96 (Trecientos
                                                                                                                                        treinta y tres mil seiscientos cincuenta y un pesos 96/100 M.N.), conforme a la observación detallada
                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                       en este resultado.”
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-22-SOL-23.
                                                                                                                                        (…)

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                   La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                 antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            como solventado el resultado AF-26.
                                                                                                                                        Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                                                                                                                                        observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-23-SOL-24.

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