Page 5 - San Miguel Tenango
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7. Se verificó que la información contenida en el Informe de Gobierno corresponda a la El siguiente resultado AC-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se INFORME FINAL DE AUDITORÍA
que se encuentra registrada en la contabilidad del Municipio. transcribe a continuación:
8. Se verificó que las partidas presupuestarias ejercidas y registradas, estén (…)
consideradas en el Presupuesto de Egresos Aprobado.
“RESULTADO: AC-01 CON OBSERVACIÓN
9. Se constató que la contratación de obras públicas se haya realizado de acuerdo a la
normatividad aplicable. De la revisión a la documentación presentada por la el H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel
Tenango, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, relativa al requerimiento de auditoría, se constató lo
10. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Obras y siguiente:
que se ajustó a las normas correspondientes.
a) No presentó el Plan Municipal de Desarrollo 2023, por lo que no acreditó que haya sido
11. Se verificó que para la asignación de obras por administración directa, el elaborado, aprobado por mayoría calificada y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del
Ayuntamiento contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos Estado, Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas Municipales, dentro de los primeros
necesarios para el desarrollo de los trabajos. seis meses, contados a partir de la fecha de instalación del Ayuntamiento.
12. Se confirmó si la Entidad Fiscalizable contrató Deuda Pública u Obligaciones a corto b) Presentó la Ley de Ingresos del ejercicio 2023, aprobada mediante decreto no. 1310 de fecha 04
plazo. de abril de 2023, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en fecha 29 de abril
de 2023.
INFORME FINAL DE AUDITORÍA
c) Presentó el Presupuesto de Egresos, con acuse de recepción emitido por la Plataforma
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los Tecnológica Simca Ultra, constando que fue presentado ante la Auditoría Superior de
artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, Fiscalización del Estado en fecha 26 de abril de 2023, así mismo, presentó acta de sesión de
segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción cabildo de fecha 15 de diciembre de 2022, para la aprobación del Presupuesto de Egresos para
XXII párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción el ejercicio fiscal 2023, sin embargo, no acreditó que se encuentre publicado en el Periódico
II párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Oficial del Gobierno del Estado o Gaceta Municipal.
Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X,
XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I inciso c), 25, 26, 27, 34, d) No presentó las modificaciones al Presupuesto de Egresos, por lo que, no acreditó que se haya
35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización elaborado cumpliendo con la normativa aplicable, así como no demuestra que hayan sido
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto presentadas ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado, y que se encuentren
número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal.
treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico
Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 62 párrafo primero, 63 y 65 de la Ley General
mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento de Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las
Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de Entidades Federativas y los Municipios; 71 párrafo primero fracción I inciso b) y fracción II de la Ley
abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 45 párrafos primero y segundo de la
Informe Final de Auditoría con los siguientes resultados: Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 12 párrafo primero
de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 párrafo
primero fracciones II, XV, XXI y XXIII, 47 párrafo primero fracción XVI, 68 párrafo primero fracciones
IX y XIV, 95 párrafo primero fracción VI párrafo primero, 123 párrafo primero, 127 párrafos primero
y tercero, 128 párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y 7 párrafo
primero fracción IV, 19 y 30 fracción V de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
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