Page 8 - San Miguel Tenango
P. 8

INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación              Solicitud de Aclaración:
                                        alguna, respecto a este resultado.”
                                                                                                                                                            2023-OA/CPM/071/2024-SA-03
                                     (…)
                                                                                                                                                            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            Debido a lo anterior, este resultado AC-03 permanece sin observaciones.                                                         documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
                                                                                                                                                            este resultado.”
                            El siguiente resultado AC-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                                   (…)

                                     (…)                                                                                                        La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                                                transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                        RESULTADO: AC-04 CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                                Presentó caratulas de los contratos de las cuentas bancarias 0119795596, 0119795693 y
                                        De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que    0119795723, mas no los contratos de manera completa, que son materia de esta observación,
                                        no presentó los Contratos de cuentas bancarias y conciliaciones bancarias del ejercicio fiscal 2023,    en consecuencia, no acreditó la apertura de las cuentas bancarias productivas específicas
                                        por lo que, no acreditó que se hayan aperturado cuentas bancarias productivas específicas de            de manera mancomunada para el Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y
                                        manera mancomunada para el Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; y             Municipios; Ramo 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
                                        Ramo 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones           Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el
                                        Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los     Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
                                        Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN); así como, no           (FORTAMUN).
                                        demostró que se hayan conciliado los movimientos de estas cuentas con los registros realizados en
                                        el sistema de contabilidad; por otra parte, presentó los Estados de cuenta bancarios del ejercicio      Por otra parte, respecto de las conciliaciones bancarias, de nueva cuenta proporcionó, la
                                        2023, en los cuales se identificaron los ingresos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Estado  idéntica documentación que proveyó en el proceso de Fiscalización, y de la cual deviene la
                                                                                                                                                observación que nos ocupa, por lo tanto, al tratarse de la misma documentación se concluye
                               INSTITUCIÓN        RAMO Y FONDO                                                   NÚMERO DE                      que subsiste la observación.
                                BANCARIA                                                                           CUENTA
                                                                                                                                                Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 69
                               BBVA MÉXICO, S.A.  RAMO 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios  0119878858                     párrafos primero, tercero y cuarto, y 70 párrafo primero fracción I de la Ley General de
                                 INSTITUCIÓN DE                                                                                                 Contabilidad Gubernamental; 8 párrafos segundo y quinto de la Ley de Coordinación
                                BANCA MULTIPLE,   RAMO 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social   0119878920                     Fiscal para el Estado de Oaxaca; y 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y
                                                  Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito                                   Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
                               GRUPO FINANCIERO   Federal (FAISMUN)                                              0119878963
                                  BBVA MÉXICO.                                                                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                  RAMO 33 Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento de los                                  insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                                  Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito                                  concluyendo como no solventado el resultado AC-04.
                                                  Federal (FORTAMUN)
                                                                                                                                                El siguiente resultado AC-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 69 párrafos primero, tercero y cuarto, y 70 párrafo             transcribe a continuación:
                               primero fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 párrafos segundo y quinto
                               de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca; y 12 párrafo primero de la Ley de
                               Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.

                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

                            6
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13