Page 9 - San Miguel Tenango
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(…)                                                                                                        la que envía ejemplares a los Poderes del Estado y al Archivo General del Estado; por lo                           INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                    anterior, no solventó este punto.
            RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                    Con respecto a la obligación de hacer de conocimiento al Congreso del Estado del
            De la revisión y análisis a la documentación presentada a requerimiento por la Entidad Fiscalizable,    inventario de Bienes Muebles e Inmuebles y la omisión de mostrar los expedientes de
            se constató que presentó el Inventario de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fiscal 2023,         sesiones de instalación, ordinarias y extraordinarias del Comité de Adquisiciones y
            corroborando que se encontraron registrado en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2023,              Contratación de Servicios, que incluyan oficios de invitación, listas de asistencia, actas de
            atendiendo las características y normativa de los registros establecidos, sin embargo, no acreditó      comité y padrón de proveedores, el ente fiscalizable no presentó argumento o documento
            el cumplimiento de la publicación del inventario en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en   alguno que acredite justifique o aclarare la razón del incumplimiento, en consecuencia, se
            la Gaceta Municipal y de haberlo hecho de conocimiento al Congreso del Estado. Por otra parte,          tienen por consentidas las observaciones realizadas.
            presentó la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
            Administración de bienes muebles e inmuebles del Estado de Oaxaca, no obstante, omitió mostrar          Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 27 párrafo
            los expedientes de sesiones de instalación, ordinarias y extraordinarias del Comité de Adquisiciones    segundo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 12 párrafo primero y 34 de la
            y Contratación de Servicios, que incluyan oficios de invitación, listas de asistencia, actas de comité  Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 2 de la Ley de
            y padrón de proveedores.                                                                                Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración
                                                                                                                    de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 71 párrafo primero fracción IX, 109,
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 27 párrafo segundo de la Ley General de                110, 111, 112, 113 y 120 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
            Contabilidad Gubernamental; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición          Oaxaca.
            de Cuentas del Estado de Oaxaca; 2 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
            Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
            71 párrafo primero fracción IX, 109, 110, 111, 112, 113 y 120 párrafos primero y segundo de la Ley      insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
            Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                                concluyendo como no solventado el resultado AC-05.

            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:               El siguiente resultado AC-06, fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                                                                                                                    transcribe a continuación:
            Solicitud de Aclaración:
                                                                                                                             (…)
            2023-OA/CPM/071/2024-SA-04
                                                                                                                                “RESULTADO: AC-06 CON OBSERVACIÓN
            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en                       De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por la Entidad Fiscalizable, a
            este resultado.”                                                                                                    requerimiento de Auditoría, relativa a la Cuenta Pública, Estados Financieros e Informes Trimestrales
                                                                                                                                de Avance de Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, se determina lo siguiente:
         (…)
                                                                                                                                a) Presentó la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023, autorizada por la Comisión
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                           de Hacienda del H. Ayuntamiento Municipal y con acuse de recibo ante la Auditoría Superior de
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                                        Fiscalización del Estado con estatus de: tiempo y forma, en fecha 30 de enero de 2024; sin
                                                                                                                                      embargo, no acreditó que haya sido publicada en la página electrónica oficial del Municipio o
Respecto de la publicación del inventario de Bienes Muebles e Inmuebles únicamente
presentó una impresión y una imagen titulada: “Publicación física de la Gaceta Municipal”,
de la cual no acredita de manera suficiente que se trate de un ejemplar de Gaceta Municipal
a través de la cual difunde e informa a la ciudadanía las determinaciones del Municipio y de

                                                                                                                    7
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