Page 16 - Santa Maria la Asuncion
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por otra parte, la Entidad Fiscalizable acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado “Educación”, equivalente a $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.);
de Oaxaca, que elaboró y presentó la documentación e información correspondiente a las obras “Gobierno Moderno”; equivalente a $5,111,562.00 (Cinco millones ciento once mil quinientos
públicas ejecutadas a través de los Programas Presupuestarios. sesenta y dos pesos 00/100 M.N.); y “Comunicaciones y Transportes”, equivalente a
$6,420,054.10 (Seis millones cuatrocientos veinte mil cincuenta y cuatro pesos 10/100 M.N.), y
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 párrafo primero fracción III, 54 párrafos primero y que estos se hayan realizado bajo el control y resguardo del Presidente Municipal y del
segundo, 61 párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Contabilidad Tesorero como lo determina la normatividad aplicable, así como tampoco acreditó que la
Gubernamental; 75 de la Ley Estatal de Planeación; 68 fracción X, 95 párrafo primero fracción IX, 127 inversión de recursos se haya realizado con estricto apego al Presupuesto de Egresos, en
párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML). Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 párrafo primero fracción III, 54 párrafos
Solicitud de Aclaración: primero y segundo, 61 párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 75 de la Ley Estatal de Planeación; 68 fracción X, 95 párrafo
2023-OA/CPM/100/2024-SA-06 primero fracción IX, 127 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño
Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
este resultado.” Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
(…) concluyendo como no solventado el resultado AD-06.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes El siguiente resultado AD-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: transcribe a continuación:
Respecto a la observación referente al no haber presentado la Matriz de Indicadores para (…)
Resultados (MIR), las metas reportadas no son susceptibles de comparación ni
comprobación, motivo por el cual no se puede determinar que los Programas “RESULTADO: AD-07 CON OBSERVACIÓN
Presupuestarios se hayan realizado y ejecutado bajo los principios constitucionales de
austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, con la CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DE GASTOS
finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones, y no acreditó
que la inversión en los Programas Presupuestarios; “Educación”, equivalente a Derivado de la revisión y análisis realizado a la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, de la
$2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.); “Gobierno Moderno”; Entidad Fiscalizable, para verificar el cumplimiento de las metas de gasto de los Programas
equivalente a $5,111,562.00 (Cinco millones ciento once mil quinientos sesenta y dos pesos Presupuestarios “Educación”, “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, se concluye lo
00/100 M.N.); y “Comunicaciones y Transportes”, equivalente a $6,420,054.10 (Seis millones siguiente:
cuatrocientos veinte mil cincuenta y cuatro pesos 10/100 M.N.), se haya realizado bajo el
control y resguardo del Presidente Municipal y del Tesorero como lo determina la Respecto al Programa Presupuestario “Educación”, la Entidad Fiscalizable reportó en la Cuenta Pública
normatividad aplicable, así como tampoco acreditó que la inversión de recursos se haya Municipal un importe modificado para ejercer por la cantidad de $2,500,000.00 (Dos millones quinientos
realizado con estricto apego al Presupuesto de Egresos, presentó copias certificadas del mil pesos 00/100 M.N.), del cual, al 31 de diciembre de 2023, devengó y pagó el mismo importe asignado
oficio sin número de fecha 09 de agosto de 2024 y Programa Anual de la Administración al Programa Presupuestario. Por esta razón acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Pública Municipal para el ejercicio fiscal 2023; sin embargo, no presentó evidencia de haber Estado de Oaxaca, el cumplimiento del 100% de la meta de gasto del Programa Presupuestario.
elaborado y aprobado la Matriz de Indicadores como estipula la normatividad aplicable, con
la que acredite las metas reportadas y la inversión en los Programas Presupuestarios; Se observó que, con relación al Programa Presupuestario “Gobierno Moderno”, la Entidad Fiscalizable
devengó y pagó $5,111,562.00 (Cinco millones ciento once mil quinientos sesenta y dos pesos 00/100
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