Page 6 - Santiago Ixtayutla
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                              Pliego de Observaciones.

INFORME FINAL DE AUDITORÍA  La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos                            2023-OA/CPM/123/2024-PO-01
                            115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
                            y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo                          Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo                      documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $33,982,418.89 (Treinta
                            antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y                               y tres millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos dieciocho pesos 89/100 M.N., conforme
                            Soberano de Oaxaca; 2 fracción XXIII Y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y              a la observación detallada en este resultado.”
                            XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 34, 35,
                            36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización                       (…)
                            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número
                            1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de               La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                            septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número                transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
                            2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la             Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; relativas al estado de
                            Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año                  cuenta bancario del 01 al 31 de marzo de 2024 número de cuenta 0119775285, Comprobante
                            2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de                   Fiscal Digital por Internet; listado de mano de obra gravable para el cálculo de Impuesto
                            Auditoría con los siguientes resultados:                                                                    Sobre Nómina; resumen general de estimación; generadores de obra; croquis; reporte
                                                                                                                                        fotográfico; apertura de bitácora de obra, acta de entrega recepción de obra AERO/MPIO-
                            El siguiente resultado AF-01 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                COMITÉ/MSI-466/2023/13; sin embargo, la documentación presentada no justificó ni aclaró
                            transcribe a continuación:                                                                                  todas las observaciones transcritas anteriormente en cantidad de $33,982,418.89 (Treinta y
                                                                                                                                        tres millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos dieciocho pesos 89/100 M.N.).
                               (…)                      CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                        Incumpliendo con lo establecido en el artículo 17 primer y segundo párrafo de la Ley de
                               “RESULTADO: AF-01                                                                                        Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

                               De la revisión a la subcuenta 11121 BANCOS/TESORERIA, se observó que la entidad fiscalizable refleja     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                               un saldo al 31 de diciembre de 2023, en cantidad de $33,982,418,.89 (Treinta y tres millones             insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                               novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos dieciocho pesos 89/100 M.N.), registrado en la sub-          concluyendo como no solventado el resultado AF-01.
                               subcuenta contable 11121-02-25-30000304 BBVA Bancomer, S.A Institución de Banca Múltiple, Grupo
                               Financiero BBVA Bancomer 0119775285, del cual no se identifica la comprobación del gasto realizado       El siguiente resultado AF-02 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                               o el reintegro a la Tesorería de la Federación.                                                          transcribe a continuación:

                               Incumpliendo con lo establecido en el artículo 17 primer y segundo párrafo de la Ley de Disciplina                (…)
                               Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
                                                                                                                                                    “RESULTADO: AF-02 CON OBSERVACIÓN
                               Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                               observación:                                                                                                         De la revisión y análisis a la documentación presentada por el Municipio, relativa a los registros de los
                                                                                                                                                    ingresos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se
                                                                                                                                                    constató que registró lo siguiente:

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   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11