Page 25 - Tlalixtac de Cabrera
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de control interno del ayuntamiento, las bases de licitación, la invitación a los licitantes participantes,           (…)                                                                                                         INFORME FINAL DE AUDITORÍA
            el acta de apertura de las propuestas, las propuestas técnicas y económicas de los concursantes,
            por otra parte, presentó sin firma las invitaciones a los contratistas participantes, el acta de visita al               “RESULTADO: AF-38 CON OBSERVACIÓN
            sitio de la obra, el acta de junta de aclaraciones, el acta de apertura de las propuestas, el dictamen
            de las propuestas, el acta de fallo y la invitación a la contraloría u órgano de control interno del                     Derivado de la revisión a la documentación proporcionada por el Municipio de Tlalixtac de Cabrera,
            Ayuntamiento, de igual forma, presentó inconsistencias en un acta de excepción a la Licitación                           Distrito del Centro, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de
            Pública, observaciones presentes en siete obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-03.                               contratación de las obras, se constató que no presentó la garantía de cumplimiento del contrato,
                                                                                                                                     la garantía de anticipo, el contrato de obra pública, el presupuesto de obra del contratista, las
            Incumpliendo con lo establecido en el artículo 137 de la Constitución Política del Estado Libre y                        tarjetas de análisis de precios unitarios y el programa general de ejecución de los trabajos,
            Soberano de Oaxaca; 25, 27, 29 fracciones I, II y III, 31, 35, 36, 38, 39, 40, 42, 43, 44 y 45 de la Ley de              observaciones presentes en tres obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-04.
            Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26, 37 fracciones I y II, 39 párrafo segundo, 47, 50 y
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                    51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
            acción:
                                                                                                                                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
            Solicitud de aclaración.                                                                                                 acción:

            2023-OA/CPM/144/2024-SA-08                                                                                               Solicitud de aclaración.

            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                       2023-OA/CPM/144/2024-SA-09
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
            este resultado.”                                                                                                         Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                     documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan
         (…)                                                                                                                         en este resultado.”

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas                                                (…)
correspondientes al proceso de adjudicación de las obras, para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-03.                                          La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas
                                                                                                                         correspondientes al proceso de contratación de las obras, para atender el resultado antes
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 137 de la Constitución Política del Estado                                transcrito, misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-04.
Libre y Soberano de Oaxaca; 25, 27, 29 fracciones I, II y III, 31, 35, 36, 38, 39, 40, 42, 43, 44 y
45 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.                                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26, 37 fracciones I y II, 39 párrafo segundo,
                                                                                                                         47, 50 y 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
concluyendo como no solventado el resultado AF-37.                                                                       insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                                                                                                         concluyendo como no solventado el resultado AF-38.
El siguiente resultado AF-38 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                                            El siguiente resultado AF-39 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
                                                                                                                         se transcribe a continuación:

                                                                                                                         23
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