Page 6 - Tlalixtac de Cabrera
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                            depositados en las cuentas bancarias productivas especificas aperturadas para el ejercicio fiscal
                                                                                                                                                                  2023; sin embargo, se detectaron inconsistencias detalladas en el ANEXO DAM-FC-01.
                            La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los
                            artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero,                                     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37, 41, 70 fracción III de la Ley General de
                            segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción                                             Contabilidad Gubernamental; y 95 fracciones II y III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
                            XXII párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción                                  Oaxaca.
                            II párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del
                            Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X,                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                            XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d),
                            25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de                                  Recomendación.
                            Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante
                            Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca                                              2023- OA/CPM/144/2024-RE-01
                            de fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el
                            Periódico Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de                                                   Esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda a la Entidad Fiscalizable,
                            noviembre de dos mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII                                   que, en lo subsecuente, registre de manera correcta en cada fondo los recursos ministrados por la
                            del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,                                               Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.”
                            publicado el 29 de abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
                            Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con los siguientes resultados:                                                         (…)

                            El siguiente resultado AF-01 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                              La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            transcribe a continuación:                                                                                                antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            (…)                                                                                                                       Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                                                                                                                                                      observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL-
                            “RESULTADO: AF-01 CON OBSERVACIÓN                                                                                         01.

                            De la revisión y análisis a la documentación presentada por el Municipio, relativa a los registros de                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            los ingresos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se                       suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                            constató que ministró lo siguiente:                                                                                       concluyendo como atendido el resultado AF-01.

                                                                         CONCEPTO                INGRESOS SEGÚN MINISTRACIONES                        El siguiente resultado AF-02 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
                                                                                                   RECIBIDAS DE LA SECRETARÍA DE                      se transcribe a continuación:
                            RAMO 28, PARTICIPACIONES A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS                          FINANZAS
                                                                                                                                       27,977,147.00           (…)
                            RAMO 33; FONDO III, FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA
                            SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO                                         12,102,606.93              “RESULTADO: AF-02 CON OBSERVACIÓN
                            FEDERAL (FAISMUN)
                            RAMO 33; FONDO IV, FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO                                          10,799,540.08               De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023, se constató que dicho documento
                            DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO                                                                   fue autorizado según Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 09 de marzo de 2023, por
                            FEDERAL (FORTAMUN)                                                                                                                    un importe aprobado en cantidad de $59,978,937.33 (Cincuenta y nueve millones novecientos
                                                                                                                                                                  setenta y ocho mil novecientos treinta y siete pesos 33/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado
                                        De los cuales, se constató que los recursos ministrados fueron registrados en el Sistema de                               Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y
                                        Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio fiscal 2023; además, se comprobó que fueron                          Concepto) del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2023, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio
                                                                                                                                                                  fiscal 2023, se detectó que la entidad fiscalizable reflejó un presupuesto modificado por el importe
                            4                                                                                                                                     total de $78,605,696.76 (Setenta y ocho millones seiscientos cinco mil seiscientos noventa y seis
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