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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022             Fracción II.: “Adjudicación directa”.
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                                                                                 Fracción IV.: “Invitación abierta estatal”.
                                                                                 Fracción V.: “Licitación pública estatal”.
                                                                                 Fracción VI.: “Licitación pública nacional”.
                                                                                 Fracción VII.: “Licitación pública internacional”.
                                                                                 Artículo 28 párrafo segundo, tercero y cuarto: “Los montos de los rangos para cada modalidad serán determinados en el
                                                                                 Presupuesto de Egresos del Estado. Las Dependencias y Entidades, por conducto de sus áreas administrativas o equivalentes,
                                                                                 sin necesidad de autorización del Comité o Sub-Comités respectivos, podrán adquirir, arrendar o contratar servicios a través de
                                                                                 la modalidad prevista en la fracción I del presente artículo de manera directa. Toda solicitud de los procedimientos referidos en
                                                                                 el presente artículo, deberá constar por escrito y estar firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual será
                                                                                 indelegable.”.

                                                                                 Artículo 45: “La selección del procedimiento de adjudicación directa que realicen las Dependencias y Entidades deberá fundarse
                                                                                 y motivarse, según las circunstancias que concurran en cada caso, en criterios de máxima publicidad, economía, eficacia,
                                                                                 eficiencia, imparcialidad, honradez, legalidad y transparencia, que aseguren las mejores condiciones para el Estado…”.

                                                                                 Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                                                                 Artículo 4 párrafo tercero: “El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa y comprobatoria
                                                                                 es responsabilidad de los Ejecutores de gasto….”

                                                                                 Artículo 48 párrafo primero: “Los Ejecutores de gasto realizarán los cargos al Presupuesto de Egresos, a través de cuentas por
                                                                                 liquidar certificadas….”.

                                                                                 Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                                                                 del Estado de Oaxaca.

                                                                                 Artículo 19: “Las modalidades de los procedimientos para la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, conforme
                                                                                 a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley, son los siguientes:“.
                                                                                 Fracción I.: “Compra directa menor”.
                                                                                 Fracción II.: “Adjudicación directa”.
                                                                                 Fracción III.: “Invitación restringida”.
                                                                                 Fracción IV.: “Invitación abierta estatal”.
                                                                                 Fracción V.: “Licitación pública estatal”.
                                                                                 Fracción VI.: “Licitación pública nacional”.
                                                                                 Fracción VII.: “Licitación pública internacional. Los montos de los rangos para cada modalidad serán determinados en el
                                                                                 Presupuesto de Egresos del Estado.”.

                                                                                 Artículo 20: “Toda solicitud de los procedimientos referidos en el artículo anterior, deberá constar por escrito y estar firmada
                                                                                 por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual será indelegable. Ésta se realizará conforme a la disponibilidad presupuestal
                                                                                 en las partidas correspondientes del Presupuesto de Egresos, integrando a la solicitud el documento que la Secretaría de
                                                                                 Finanzas determine para acreditar la suficiencia presupuestaria de la Dependencia o Entidad.”.

                                                                                 Artículo 21: “Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en las fracciones I a la VII del artículo 28 de la Ley,
                                                                                 las Dependencias y Entidades deberán realizar una investigación de mercado de la cual se desprendan las condiciones que
                                                                                 imperan en el mismo, respecto de la adquisición, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las
                                                                                 mejores condiciones para el Estado.”.
                                                                                 Artículo 21 fracción I.: “La obtenida de organismos especializados, cámaras, asociaciones, agrupaciones industriales,
                                                                                 comerciales o de servicios, fabricantes, proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente;”.
                                                                                 Artículo 21 fracción II.: “La obtenida a través de páginas de Internet o por algún otro medio, siempre y cuando se lleve registro
                                                                                 de los medios y de la información que permita su verificación.” Adicionalmente, se deberá incluir la información histórica con la
                                                                                 que cuente la Dependencia o Entidad solicitante, en caso de que exista.”.

                                                                                 Artículo 22: “La investigación de mercado tendrá como propósito que las Dependencias y Entidades:”
                                                                                 Fracción I.: “Determinen la existencia de oferta de bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas por las
                                                                                 mismas;”.

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