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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 Fracción II.: “Adjudicación directa”.
Fracción III.: “Invitación restringida”.
Fracción IV.: “Invitación abierta estatal”.
Fracción V.: “Licitación pública estatal”.
Fracción VI.: “Licitación pública nacional”.
Fracción VII.: “Licitación pública internacional”.
Artículo 28 párrafo segundo, tercero y cuarto: “Los montos de los rangos para cada modalidad serán determinados en el
Presupuesto de Egresos del Estado. Las Dependencias y Entidades, por conducto de sus áreas administrativas o equivalentes,
sin necesidad de autorización del Comité o Sub-Comités respectivos, podrán adquirir, arrendar o contratar servicios a través de
la modalidad prevista en la fracción I del presente artículo de manera directa. Toda solicitud de los procedimientos referidos en
el presente artículo, deberá constar por escrito y estar firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual será
indelegable.”.
Artículo 45: “La selección del procedimiento de adjudicación directa que realicen las Dependencias y Entidades deberá fundarse
y motivarse, según las circunstancias que concurran en cada caso, en criterios de máxima publicidad, economía, eficacia,
eficiencia, imparcialidad, honradez, legalidad y transparencia, que aseguren las mejores condiciones para el Estado…”.
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Artículo 4 párrafo tercero: “El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa y comprobatoria
es responsabilidad de los Ejecutores de gasto….”
Artículo 48 párrafo primero: “Los Ejecutores de gasto realizarán los cargos al Presupuesto de Egresos, a través de cuentas por
liquidar certificadas….”.
Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
del Estado de Oaxaca.
Artículo 19: “Las modalidades de los procedimientos para la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, conforme
a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley, son los siguientes:“.
Fracción I.: “Compra directa menor”.
Fracción II.: “Adjudicación directa”.
Fracción III.: “Invitación restringida”.
Fracción IV.: “Invitación abierta estatal”.
Fracción V.: “Licitación pública estatal”.
Fracción VI.: “Licitación pública nacional”.
Fracción VII.: “Licitación pública internacional. Los montos de los rangos para cada modalidad serán determinados en el
Presupuesto de Egresos del Estado.”.
Artículo 20: “Toda solicitud de los procedimientos referidos en el artículo anterior, deberá constar por escrito y estar firmada
por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual será indelegable. Ésta se realizará conforme a la disponibilidad presupuestal
en las partidas correspondientes del Presupuesto de Egresos, integrando a la solicitud el documento que la Secretaría de
Finanzas determine para acreditar la suficiencia presupuestaria de la Dependencia o Entidad.”.
Artículo 21: “Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en las fracciones I a la VII del artículo 28 de la Ley,
las Dependencias y Entidades deberán realizar una investigación de mercado de la cual se desprendan las condiciones que
imperan en el mismo, respecto de la adquisición, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las
mejores condiciones para el Estado.”.
Artículo 21 fracción I.: “La obtenida de organismos especializados, cámaras, asociaciones, agrupaciones industriales,
comerciales o de servicios, fabricantes, proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente;”.
Artículo 21 fracción II.: “La obtenida a través de páginas de Internet o por algún otro medio, siempre y cuando se lleve registro
de los medios y de la información que permita su verificación.” Adicionalmente, se deberá incluir la información histórica con la
que cuente la Dependencia o Entidad solicitante, en caso de que exista.”.
Artículo 22: “La investigación de mercado tendrá como propósito que las Dependencias y Entidades:”
Fracción I.: “Determinen la existencia de oferta de bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas por las
mismas;”.
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