Page 46 - 002 Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida
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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022           Fracción II.: “La obtenida a través de páginas de Internet o por algún otro medio, siempre y cuando se lleve
                                                                               registro de los medios y de la información que permita su verificación.” Adicionalmente, se deberá incluir la
                                                                               información histórica con la que cuente la Dependencia o Entidad solicitante, en caso de que exista.”.

                                                                               Artículo 22: “La investigación de mercado tendrá como propósito que las Dependencias y Entidades”.
                                                                               Fracción I.: “Determinen la existencia de oferta de bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad
                                                                               requeridas por las mismas;”.
                                                                               Fracción II.: “Verifiquen la existencia de Proveedores a nivel estatal, nacional o internacional con posibilidad de
                                                                               cumplir con sus necesidades de contratación,”.
                                                                               Fracción III.: “Conozcan el precio prevaleciente de lo bienes, arrendamientos o servicios requeridos, al momento
                                                                               de llevar a cabo la investigación.”.

                                                                               Artículo 23: “La investigación de mercado podrá ser utilizada por la Dependencia o Entidad para lo siguiente:”.
                                                                               Fracción I.: “Sustentar la procedencia de agrupar varios bienes o servicios en una sola partida;”.
                                                                               Fracción II.: “Acreditar la aceptabilidad del precio conforme al cual se realizará la contratación correspondiente;”.
                                                                               Fracción III.: “Establecer precios máximos de referencia de bienes, arrendamientos o servicios;”.
                                                                               Fracción IV.: “Analizar la conveniencia de utilizar la modalidad de ofertas subsecuentes de descuento;”.
                                                                               Fracción V.: “Determinar si existen bienes o servicios alternativos o sustitutos técnicamente razonables;” o
                                                                               Fracción VI.: “Elegir el procedimiento de contratación que podrá llevarse a cabo.“.

                                                                               Artículo 24: “El análisis de la información obtenida en la investigación de mercado se efectuará considerando
                                                                               las mismas condiciones en cuanto a los plazos y lugares de entrega de los bienes o de la prestación de los
                                                                               servicios; la moneda a cotizar; la forma y términos de pago; las características técnicas de los bienes o servicios,
                                                                               y las demás circunstancias que resulten aplicables y que permitan la comparación objetiva entre bienes o
                                                                               servicios iguales o de la misma naturaleza. Dicha investigación deberá realizarse con la anticipación que permita
                                                                               conocer las condiciones que imperan en el mercado al momento de iniciar el procedimiento de contratación que
                                                                               corresponda, por lo que la información obtenida deberá estar vigente al momento de la solicitud establecida en
                                                                               el artículo 20 del Reglamento. Para los procedimientos de contratación realizados al amparo de las fracciones I
                                                                               y II del artículo 28 de la Ley, la investigación de mercado se acreditará con al menos tres referentes obtenidos
                                                                               de al menos una de las fuentes establecidas en el artículo 21 del Reglamento. La investigación de mercado y su
                                                                               resultado deberán documentarse e integrarse al expediente de contratación correspondiente.”.

                                                                               Artículo 25 párrafo primero: “Las Dependencias y Entidades, por conducto de sus áreas administrativas o
                                                                               equivalentes, sin necesidad de autorización del Comité o Sub- Comités respectivos, podrán adquirir, arrendar o
                                                                               contratar servicios a través de la modalidad de compra directa menor.”.
                                                                               Artículo 25 párrafo segundo: “Dicha modalidad se acreditará con tres referentes y la justificación de su
                                                                               necesidad, cumpliendo con lo establecido en los artículos 7, 11, 30 fracción V de la Ley y 24 del Reglamento.”.

                                                                               Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                                                               Artículo 4 párrafo tercero: “El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa
                                                                               y comprobatoria es responsabilidad de los Ejecutores de gasto”.
                                                                               Artículo 4 cuarto: “Los Ejecutores de gasto están obligados a rendir cuentas por la administración y ejercicio de
                                                                               los recursos públicos en los términos de la presente Ley y demás disposiciones aplicables.”.

                                                                               Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                                                               Artículo 186 párrafo primero: “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
                                                                               comprobatoria y justificativa.”.

                                                                      44
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