Page 82 - 002 Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida
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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 XIX y XXXI del artículo 70, ello no lo exime de su actualización y publicación en su página oficial de Transparencia;
así como también, no justifica el motivo por el cual en su página oficial de Transparencia no se encuentra
publicada la información relativa a la fracción VI, de la fracción XIX algunos de los hipervínculos a los formatos
respectivos publicados, no son consultables y de la fracción XXXI la información no se encuentra actualizada.
Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.
Por lo que se emite:
Solicitud de aclaración:
2022-OA/IACPE/02/2023-SA-07
El Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida, deberá presentar ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, evidencia de la publicación y actualización, en su página oficial de
Transparencia, la información de las fracciones VI, XIX y XXXI del artículo 70 de la Ley General de Transparencia
y Acceso a la Información Pública, conforme a su Tabla de Aplicabilidad Integral, en lo referente a la tabla de
actualización y conservación de la información pública.
Incumpliendo con lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, artículo 3
fracción V; Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 61, 70 fracción VI, XIX,
y XXXI; Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca,
artículos 10 fracción II, 15 párrafo primero, 16, 17 párrafo primero, 19 párrafo primero; Lineamientos Técnicos
Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las obligaciones
establecidas en el Título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en
la Plataforma Nacional de Transparencia, capitulo II séptimo, capítulo II octavo fracción II, III y capitulo IV décimo
noveno, que a la letra dicen:
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Artículo 3 fracción V: “Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y
publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles en formatos abiertos, accesibles y reutilizables, la información
completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento
de sus objetivos y de los resultados obtenidos.”
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 61: “Los lineamientos técnicos que emita el Sistema Nacional establecerán los formatos de publicación de la información
para asegurar que la información sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible,
verificable.”
Artículo 70 fracción VI: “Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.”
Fracción XIX: “Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.”
Fracción XXXI: “Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.”
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo 10 fracción II: “Publicar, actualizar y mantener disponible, de manera proactiva, a través de los medios electrónicos con
que cuenten, la información a que se refiere la Ley General y esta Ley y toda aquella que sea de interés público.”
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