Page 21 - Santa María Temaxcalapa
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las siguientes modalidades: I. Compra directa menor; II. Adjudicación directa; III. Invitación restringida; IV. Invitación
abierta estatal; V. Licitación pública estatal; VI. Licitación pública nacional, y VII. Licitación pública internacional. Los
montos de los rangos para cada modalidad serán determinados en el Presupuesto de Egresos del Estado, Las Dependencias
y Entidades, por conducto de sus áreas administrativas o equivalentes, sin necesidad de autorización del Comité o Sub-Comités
respectivos, podrán adquirir, arrendar o contratar servicios a través de la modalidad prevista en la fracción I del presente artículo
de manera directa. Toda solicitud de los procedimientos referidos en el presente artículo, deberá constar por escrito y estar
firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual será indelegable.”; Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
para el Ejercicio Fiscal 2021 en el Artículo 98. “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán
observar las modalidades de contratación, atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos…”
RESULTADO: ASE-07 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2421 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO, se constató que el
ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos la cantidad de $5,955,224.64 (Cinco millones novecientos
cincuenta y cinco mil doscientos veinticuatro pesos 64/100 M.N.), con afectación a las cuentas número
0112758792, de la institución bancaria BBVA Bancomer SA de CV, correspondientes al convenios federales;
observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
comprobatoria en cantidad de $2,597,069.21 (Dos millones quinientos noventa y siete mil sesenta y nueve
pesos 21/100 M.N.) y documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación, en donde
garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como evidencia del destino de los materiales, asimismo no
presento estados de cuenta 0112758792 de la institución bancaria BBVA Bancomer SA de CV; como se detalla
ANEXO DAM-SE-04.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Código Fiscal de la Federación.
Artículo 29:“Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades
que realicen…”;
Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los
siguientes requisitos…”
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 42:, “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
Artículo 43:, “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
lineamientos que para tal efecto establezca el consejo.”;
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios
que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos
de las disposiciones que emita el consejo”
Artículo 70 Fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha
documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Artículo 120.- “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y
expedirá las disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes
muebles e inmuebles del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior,
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