Page 75 - 002 Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública
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o) Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
q) Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base
o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los
sindicatos y ejerzan como recursos públicos;
XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les
asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de
autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos“.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.
Artículo 10. “Son obligaciones de los sujetos obligados en materia de acceso a la información, las siguientes:
II. Publicar, actualizar y mantener disponible, de manera proactiva, a través de los medios electrónicos con que cuenten,
la información a que se refiere la Ley General y esta Ley y toda aquella que sea de interés público; y
VIII. Crear y hacer uso de sistemas de tecnología sistematizados y avanzados, y adoptar las nuevas herramientas para que
la ciudadanía consulte la información de manera directa, sencilla y rápida”.
Artículo 15, párrafo primero. ”Los sujetos obligados deberán difundir, actualizar y poner a disposición del público de
manera proactiva, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, la
información a que se refiere el Título Quinto de la Ley General, en sus sitios de internet y a través de la Plataforma Nacional,
con excepción de la información clasificada como reservada o confidencial”.
Artículo 19, párrafo primero. ”Los sujetos obligados, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en
los respectivos medios electrónicos, sin que medie solicitud alguna, la información a que se refiere el artículo 70 de la Ley
General y la que les corresponda según el Catálogo de Obligaciones de Transparencia Específicas”.
Artículo 21. ”Además de lo señalado en el artículo 70 de la Ley General, el Poder Ejecutivo del Estado, deberá poner a
disposición del público y actualizar la siguiente información:
VIII. Las demás que le señalen esta Ley y demás disposiciones normativas aplicables”.
Artículo 37. ”Los sujetos obligados que realicen obra pública, deberán difundir físicamente en el lugar de la obra, una placa
o inscripción que señale que fue realizada con recursos públicos y el costo de la misma.
A fin de determinar la información adicional que publicarán los sujetos obligados del Estado, el Órgano Garante les
requerirá semestralmente el listado de información que de acuerdo a sus funciones, atribuciones y competencias
consideren de interés público“.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Secretaría de
Honestidad, Transparencia y Función Pública antes Secretaría de la Contraloría y Transparencia
Gubernamental, justificara o aclarara, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y
presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las
acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2346/2023, se notificó el día 27 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, antes Secretaría de la Contraloría y
Transparencia Gubernamental, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número
SHTFP/OS/1569/2023 de fecha 11 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de fecha 12
de octubre de 2023, presentó la siguiente información y documentación:
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