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IV. “Dictaminar previamente al inicio del procedimiento, sobre la procedencia de la excepción a la licitación pública, así INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022
como autorizar los procedimientos de contratación”.
Artículo 12.- “Las sesiones del Comité se celebrarán en los términos siguientes:
V.- De cada sesión se elaborará un acta que será aprobada y firmada por todos los que hubieren asistido a ella:”.
Artículo 14 párrafo tercero.- “Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en este artículo, se deberá
realizar una investigación de mercado de la cual se desprendan las condiciones que imperan en el mismo, respecto del
bien, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las mejores condiciones para la Universidad.”
Artículo 16.- “Toda solicitud del procedimiento deberá constar por escrito y estar firmada por el área contratante o
requirente. Ésta se realizará conforme a la disponibilidad presupuestal en las partidas correspondientes, integrando a la
solicitud el documento que acredite la suficiencia presupuestaría, adicionalmente se acompañaran las especificaciones
técnicas, la investigación de mercado, los dictámenes correspondientes, en su caso la justificación de encontrarse en
alguno de los supuestos de excepción a la licitación pública exceptuando de esto último lo establecido en la fracción VI del
artículo 33 de estos Lineamientos.”
Artículo 39. “El contrato o pedido contendrá, en lo aplicable, lo siguiente:”
II.- “La indicación del procedimiento conforme al cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato;
III.- Los datos relativos a la autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del contrato;”
V.- “La descripción pormenorizada de los bienes, arrendamientos o servicios objeto del contrato adjudicado a cada uno de
los licitantes en el procedimiento, conforme a su proposición;
VI.- El precio unitario y el importe total a pagar de los bienes, arrendamientos o servicios, o bien, la forma en que se
determinará el importe total;
VII.- Precisión de si el precio es fijo o sujeto a ajustes y, en este último caso, la fórmula o condición en que se hará y
calculará el ajuste, determinando expresamente el o los indicadores o medios oficiales que se utilizarán en dicha formula;”
IX.- Los porcentajes de los anticipos que, en su caso, se otorgarían, los cuales no podrán exceder del cincuenta por ciento
del monto total del contrato;
X.- Porcentaje, número y fechas o plazos de las exhibiciones y amortización de los anticipos que se otorguen;”
XII.- La fecha o plazo, lugar y condiciones de entrega;
XIII.- Moneda en que se cotizo y se efectuará el pago respectivo, el cual podrá ser en pesos mexicanos o moneda extranjera
de acuerdo con la determinación de la convocante, de conformidad con la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos;”
XV.- Los casos en que podrán otorgarse prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requisitos
que deberán observarse;”
Contrato C002-324-UACO-08122022-IP de fecha ocho de diciembre del año dos mil veintidós
Cláusula 1. DE LA COMPRAVENTA
1.3. párrafo segundo.- “Contra la impartición de lo solicitado, el CLIENTE o quien designe, deberá firmar un ACTA DE
TÉRMINO DE LA IMPARTICIÓN DE LAS CAPACITACIONES por parte del PROVEEDOR.
RESULTADO: AF-11 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, relativa a 59 (cincuenta
y nueve) partidas que formaron parte de la muestra de auditoría, ejercidas con recursos provenientes de las
fuentes de financiamiento AEAAA0422 Asignación Ordinaria de Operación y AEAAA1022 Anexo 8
Asignaciones Presupuestarias, se constató que se llevó a cabo la adquisición de bienes y contratación de
servicios, a través de 14 (catorce) procedimientos de contratación, por un importe total de $3,521,601.19 (Tres
millones quinientos veintiún mil seiscientos un pesos 19/100 M.N.), ejecutados por el Comité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Entidad Fiscalizable, bajo las modalidades de Adjudicación
Directa e Invitación Restringida, observando que no presentó el original del Padrón de Proveedores de la
Entidad Fiscalizable; así mismo, las cuentas por liquidar certificadas presentadas, no se encuentran debidamente
autorizadas por el Coordinador Financiero y el Rector, toda vez que no cuentan con firma y sello, y no presentó
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