Page 50 - 004 Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca
P. 50
INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Universidad
Autónoma Comunal de Oaxaca, justificara, aclarara o reintegrara el importe de $3,521,601.19 (Tres millones
quinientos veintiún mil seiscientos un pesos 19/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en
este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación
que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2347/2023, se notificó el día 27 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio
número UACO/REC/020/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 19 de octubre de 2023, presentó diversa información y documentación, sin embargo, respecto a este
Resultado en particular, la Entidad Fiscalizable no presentó ningún tipo de documentos, argumentos o
información; de lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones
2022-OA/IACPE/04/2023-PO-05
Se le requiere a la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, aclare o reintegre el importe de
$3,521,601.19 (Tres millones quinientos veintiún mil seiscientos un peso 19/100 M.N.), relativo a lo
siguiente:
En 59 (cincuenta y nueve) partidas que formaron parte de la muestra de auditoría, ejercidas con recursos
provenientes de las fuentes de financiamiento AEAAA0422 Asignación Ordinaria de Operación y
AEAAA1022 Anexo 8 Asignaciones Presupuestarias, se constató que se llevó a cabo la adquisición de bienes
y contratación de servicios, a través de 14 (catorce) procedimientos de contratación, por un importe total de
$3,521,601.19 (Tres millones quinientos veintiún mil seiscientos un peso 19/100 M.N.), ejecutados por el
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Entidad Fiscalizable, bajo las modalidades de
Adjudicación Directa e Invitación Restringida, observando que no presentó el original del Padrón de
Proveedores de la Entidad Fiscalizable; así mismo, las cuentas por liquidar certificadas presentadas, no se
encuentran debidamente autorizadas por el Coordinador Financiero y el Rector, toda vez que no cuentan con
firma y sello, y no presentó los resguardos correspondientes, por lo cual, no se comprueba su incorporación en
el inventario, como se detalla en el Anexo DAE-AF-06-SEG-06.
Aunado a lo anterior, se observó que los 14 (catorce) expedientes de las adquisiciones y servicios no se
encuentran debidamente integrados con la totalidad de la documentación justificativa, como se detalla en el
Anexo DAE-AF-07-SEG-07.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42 párrafo
primero, 43 y 67 párrafo primero; Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
48