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Los órganos internos de control de los poderes, organismos autónomos y municipios, así como el Órgano Superior de INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022
Fiscalización del Estado de Oaxaca, desarrollarán programas y acciones para difundir y promover la ética y la honestidad
en el servicio público, así como la cultura de la legalidad.
Las autoridades del Estado y de los Municipios colaborarán y prestarán auxilio a los órganos internos de control de los
poderes, organismos autónomos, así como del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, de la Fiscalía
Especializada en Combate a la Corrupción y del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, en materia de
combate a la corrupción en los términos que fije la ley.
La responsabilidad del Estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes
o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a
las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes.
A la contraloría comunitaria indígena o afromexicana, consejo de vigilancia o mecanismo legitimado en cada municipio
regido bajo sistemas normativos internos, se les reconocerá su rendición de cuentas social hacia la comunidad, sus
instrumentos de combate a la corrupción, medios de transparencia, sanciones y acciones de fiscalización, serán entes de
consulta y verificación para los Órganos Internos de Control y el Comité de Participación Ciudadana en el Combate a la
Corrupción”.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
Artículo 16. “Para su obligatoriedad, todas las disposiciones de carácter general que sean expedidas por las Dependencias
y Entidades del Ejecutivo Estatal, deberán ser publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, conforme al
artículo 4, de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca”.
Artículo 30. “Será obligación de los titulares de las Dependencias y Entidades, la emisión de sus Manuales de Organización
y de Procedimientos necesarios para su funcionamiento, de acuerdo con su Reglamento Interno y los lineamientos que
establezca la Secretaría de Administración”.
Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca.
Artículo 4 párrafo segundo. “Los instructivos, manuales, formatos y cualquier modelo de papelería que sea de interés
general que expidan las dependencias, entidades, Contraloría, la Auditoría Superior y la Fiscalía, deberán publicarse
previamente a su aplicación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca y estar a la vista en los tableros de
avisos de las Dependencias y entidades correspondientes, sin perjuicio de utilizar medios masivos de comunicación cuando
así lo consideren conveniente”.
Acuerdo por el que se emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público del Estado
de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 5 de agosto de 2017; y
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control
Interno para la Administración Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 8 de
junio de 2019.
RESULTADO: AC-13 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la información presentada respecto a los Documentos Normativos, se verificó que la
Entidad Fiscalizable no cuenta con Manual de organización, Manual de procedimientos y Código de Conducta
autorizados y publicados que regulen el ejercicio de sus funciones; por otra parte, la Entidad Fiscalizable presentó
únicamente impresiones del organigrama, del Código de Ética de fecha 05 de abril de 2023 y de las Actas de
instalación y Sesiones del Consejo Académico de la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca; y respecto al
reglamento interno, presentó copia simple del instrumento número 19946 correspondiente al acta de fecha 6 de
agosto de 2021, ante notario público de la protocolización de un Acta de Estatuto Orgánico de la Universidad
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