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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.                                                                                       INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

Artículo 98: “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán observar las modalidades de contratación,
atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos…”

RESULTADO: AF-17                             CON OBSERVACIÓN

De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3511 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR
DE INMUEBLES, se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
de $127,600.00 (Ciento veintisiete mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), realizando pagos
mediante transferencias, con afectación a la cuenta número 1175189103, de la institución bancaria
Banco Mercantil del Norte, S.A., del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipio;

observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la

documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación, en donde garanticen

al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,

oportunidad y demás circunstancias pertinentes y evidencia de los trabajos de mantenimiento

realizados; cómo se detalla a continuación:

         PÓLIZA DE DIARIO                    PÓLIZA DE EGRESO                                                                   BANCO

NÚMERO      FECHA    IMPORTE NÚMERO          FECHA       IMPORTE               FUENTE DE            FECHA    INSTITUCIÓN        No. DE CHEQUE O   IMPORTE
                                                                           FINANCIAMIENTO        19/05/2022   BANCARIA          TRANSFERENCIA
                                                                                                 17/06/2022    Y NÚM. DE                              63,800.00
                                                                                                                CUENTA               BANCARIA         63,800.00
                                                                                                                                                  $127,600.00
 000636  19/05/2022        63,800.00 000269  19/05/2022        63,800.00       PARTICIPACIONES               Banco Mercantil     COMPRA ORDEN
                                                                           (RAMO 28) - RECURSOS               del Norte, S.A.,  DE PAGO SPEI 001
 000809                                                                                                      CTA 1175189103
TOTAL                                                                               FEDERALES

         17/06/2022        63,800.00 000345  20/06/2022        63,800.00       PARTICIPACIONES               Banco Mercantil     COMPRA ORDEN
                                                                           (RAMO 28) - RECURSOS               del Norte, S.A.,  DE PAGO SPEI 002
                                                                                                             CTA 1175189103
                                                                                    FEDERALES

           $127,600.00                         $127,600.00  

Cuadro continúa a la derecha…

                                                                          COMPROBANTE

   FECHA            NÚM.          PROVEEDOR              IMPORTE                                             CONCEPTO
19/05/2022
            39750FF2-2EC1-             SADER                   127,600.00  MANTENIMIENTO DE PALACIO MUNICIPAL QUE INCLUYE RETIRO DE TAPETE QUE YA CADUCO,
               4CD7-93C3-   INFRAESTRUCTURA Y                              LIMPIEZA Y RETIRO DEL MATERIAL SUELTO, LAVAR EL ÁREA, RELLENAR LAS PARTES QUE ESTÁN
                            SERVICIOS S.A. DE C.V.                         HUECAS CON TEPEXIL, ARENA Y CEMENTO, APLICACIÓN DEL SELLADOR PRIMARIO Y COLOCACIÓN
            FD09603308B9                                                   DEL NUEVO CARTÓN ASFALTICO
                                             
                                                         $127,600.00                                          

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo.”
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”

Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
Estado de Oaxaca.

Artículo 28: párrafo primero “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación
de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo las

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