Page 60 - San Sebastian Ixcapa
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
En el supuesto contemplado en el párrafo anterior, el suministrador estará obligado a proporcionar el servicio siempre y cuando previamente el
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
solicitante convenga con el suministrador:
V. Que una vez terminada la obra específica o las instalaciones para la ampliación, éstas serán transferidas gratuitamente en propiedad y
entregadas al suministrador con las formalidades del caso para su incorporación al patrimonio de éste, quedando afectas a la prestación del
servicio.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, comprobar,
justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/310/2023, notificado el día 06 de septiembre
de 2023, se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones
Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las
justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número 281/MSSI/SEP/2023 de fecha 29 de
septiembre de 2023, presentó documentación como consta en el acta circunstanciada de recepción
de fecha 02 de octubre de 2023, para este resultado en particular, 05 fojas útiles de los folios
000001 al 000005 en copias certificadas, que contienen:
Acta entrega recepción de la obra denominada Ampliación de la Red de Distribución de Energía
Eléctrica en la localidad de Cañada del Totomoxtle de san Sebastián Ixcapa, de fecha 15 de marzo
de 2023, anexando la entrega de inventario simplificado de fecha 15 de marzo de 2023 y el plano
definitivo firmado y sellado por la Comisión federal de Electricidad, instancia responsable de su
operación y mantenimiento.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
atendió la observación.
RESULTADO: AF-39 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 12353-02-25-FISMDF/6/22 AMPLIACIÓN DE LA RED DE
DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LA LOCALIDAD DE CAÑADA DEL TOTOMOXTLE
DE SAN SEBASTIÁN IXCAPA (2022) (2022), 12355-02-25-FISMDF/2/22 CONSTRUCCIÓN
DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN EL ACCESO PRINCIPAL DE
LA LOCALIDAD DE VISTA HERMOSA (2022) (2022), 12355-02-25-FISMDF/3/22
CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE LEONA
VICARIO NORTE, SAN SEBASTIAN IXCAPA (2022) (2022) y 12355-02-25-FISMDF/7/22
CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE DEL
IEBO, EN LA LOCALIDAD DE COSTATITLAN (2022) (2022) y a la documentación presentada
por el ente auditado, se observó que no canceló la documentación comprobatoria con la leyenda
“operado,” identificando el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fue
financiada la obra, además no registra las transacciones en el momento de su realización; como se
detalla en el ANEXO DAM-FC-15.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normativa:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 34: “Los registros contables de los entes públicos se llevarán con base acumulativa. La contabilización de las transacciones de
gasto se hará conforme a la fecha de su realización, independientemente de la de su pago, y la del ingreso se registrará cuando exista
jurídicamente el derecho de cobro.”
Artículo 70 Fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, establezca
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