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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022  Fiscalización del Estado de Oaxaca, la debida integración del Expediente Técnico Unitario en cada
                                                una de sus etapas, conforme a la observación que se detalla en este resultado.

                                                Incumpliendo con lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de
                                                operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca y
                                                acuacultura (SEDAPA), Título II, Articulo 14, Fracción II, inciso a), inciso b), Título VI, Capitulo único,
                                                Articulo 18, inciso a), inciso m), inciso o). que a la letra dicen:

                                                        Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca
                                                        y acuacultura (SEDAPA).

                                                        Título II. Del procedimiento para la obtención de incentivos; Artículo 14. “Las solicitudes del incentivo deberán entregarse en la ventanilla
                                                        designada por la secretaria anexando la documentación requerida de conformidad con estas reglas de operación. Fracción II seguimiento y
                                                        supervisión por parte de la secretaria, el (la) titular de la secretaria determinara que área administrativa realizara la supervisión de la aplicación
                                                        de los incentivos financieros otorgados al (los) beneficiario (s); debiendo el (los) beneficiarios (s) permitir la verificación relativa, a) Los
                                                        avances del proyecto, b) la aplicación de la totalidad de los recursos recibidos, por los conceptos y montos autorizados, el cumplimiento
                                                        de las obligaciones y los compromisos contraídos, la existencia del bien, de acuerdo con las características y en los términos autorizados,
                                                        establecidos en el instrumento correspondiente”.

                                                        Título VI. De la secretaria; Capitulo único; Artículo 18. “La secretaria o quien esta designe como unidad responsable, tendrá las facultades
                                                        y responsabilidades: a) Operar conforme lo establecido en el presente ACUERDO, aplicando los criterios y requisitos establecidos en las
                                                        mismas para la presentación y aprobación de solicitudes de incentivos del programa. m) Llevar el control y registro detallado de la aplicación
                                                        de los recursos y el avance de las metas de cada proyecto apoyado. o) Realizar el seguimiento en la ejecución de las acciones que podrá
                                                        consistir en la entrega de reportes, requerimiento de información, visitas de supervisión, verificación y cualquier otro que le requiera la
                                                        secretaria, que permitan verificar que los recursos otorgados: hayan sido aplicados conforme a la normatividad vigente”.

                                                AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO

                                                RESULTADO: AC-028          CON OBSERVACIÓN

                                                De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se aplicó
                                                Cuestionario de Control Interno a la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural,
                                                antes Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, el cual tiene por objeto identificar
                                                las áreas específicas que requieren mayor atención para el cumplimiento de su misión, visión y sus
                                                objetivos institucionales.

                                                Para su realización, se consideró un total de 57 preguntas, asignando un valor de 20 puntos a
                                                cada uno de los 5 componentes del control interno para obtener una valoración de 100 puntos,
                                                atendiendo a la importancia e interrelación de los 5 componentes del modelo COSO.

                                                Una vez analizadas las evidencias proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, relativas a cada

                                                respuesta del Cuestionario de Control Interno y aplicado el instrumento de valoración determinado

                                                para la revisión, se obtuvo un promedio general de 53 puntos de un total de 100 en la evaluación
                                                practicada por componente, lo que ubica a la Secretaría de Fomento Agroalimentario y
                                                Desarrollo Rural, antes Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, en un nivel
                                                Medio; observándose por cada componente lo siguiente:

                                                Ambiente de control:
                                                La Entidad Fiscalizable cuenta con un Plan de Trabajo de Control Interno, tiene establecidos
                                                lineamientos para el apego de los servidores públicos al Código de Ética y de Conducta; realizó
                                                acciones tendientes a implementar y comprobar su compromiso con los valores éticos; implementó
                                                la realización de encuestas del clima laboral; sin embargo, debe implementar la realización de
                                                un Programa de Capacitación o actualización que impulse la eficacia organizacional y el mejor
                                                desempeño de sus funciones; así mismo debe formalizar su Plan Estratégico Institucional.

                                                Administración de Riesgos:
                                                La Entidad Fiscalizable no cuenta con un Programa de Trabajo en el cual se determinen acciones
                                                para el tratamiento de los riesgos identificados, así como responsables de su ejecución, no ha
                                                realizado evaluaciones de los riesgos de sus principales procesos sustantivos y administrativos,
                                                no tiene identificados y formalmente documentados los factores de riesgos que pueden afectar el

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