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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
OBJETIVO
De conformidad con el artículo 16 fracción I incisos a), b), c) y d) de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, la auditoría financiera tiene por objeto:
I.- Evaluar los resultados de la gestión financiera respecto de:
a) La ejecución de la Ley de Ingresos y el ejercicio del Presupuesto de Egresos para verificar la
forma y términos en que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados;
constatar que los recursos provenientes de financiamientos y otras obligaciones y empréstitos
se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado; y revisar que los
egresos se ejercieron en los conceptos y partidas autorizadas, incluidos, entre otros aspectos, INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
la contratación de servicios y obra pública, las adquisiciones, arrendamientos, subsidios,
aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y demás
instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a largo plazo;
b) Verificar si se cumplieron con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de
registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,
arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles
e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable
al ejercicio del gasto público;
c) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de
recursos estatales, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos,
convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o
cualquier acto que las entidades fiscalizadas, celebren o realicen, relacionados con el ejercicio
del gasto público estatal, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o
ambos, en contra de la Hacienda Pública estatal; y,
d) Comprobar si el ejercicio de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos se ha ajustado a
los criterios señalados en los mismos; en particular, verificar si las cantidades correspondientes
a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas
respectivas; si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados
en el presupuesto de Egresos; y si los recursos provenientes de financiamientos y otras
obligaciones se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad
y forma establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los
compromisos adquiridos en los actos respectivos.
ALCANCE
Universo: $129,306,858.85 (Ciento veintinueve millones trescientos seis mil ochocientos cincuenta
y ocho pesos 85/100 M.N.)
Muestra: $48,514,980.87 (Cuarenta y ocho millones quinientos catorce mil novecientos ochenta
pesos 87/100 M.N.)
Porcentaje del alcance: 37.52 %
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
1. Se realizó un estudio general del Control Interno.
2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable contara con los documentos normativos básicos, que
regulen el ejercicio de sus funciones.
3. Se constató que los registros presupuestales y contables de los ingresos, contaran con la
documentación original comprobatoria y justificativa.
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