Page 8 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                   Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                   y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
                   y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
                   Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca”;
                   Artículo 126: “Todos los miembros del Ayuntamiento y el Tesorero Municipal serán responsables solidariamente de las irregularidades
                   cometidas en el manejo de los fondos municipales, en consecuencia, están obligados a vigilar los actos relacionados con la administración de
                   dichos fondos”;
                   Artículo 126 BIS: “Las funciones de supervisión, evaluación y control de los recursos municipales estarán a cargo de un órgano interno de
                   control municipal, el cual será responsable de analizar, revisar y evaluar las funciones de la administración pública municipal, verificando la
                   correcta aplicación del gasto municipal”, y
                   Artículo 126 TER: “Los Municipios deberán contar con un Órgano Interno de Control Municipal, el cual tendrá un titular denominado Contralor
                   Interno Municipal; quien será designado por la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento; y por los comités de contraloría social, los cuales
                   serán electos en asamblea general, previo procedimiento de convocatoria pública.”

                   Ley General de Contabilidad Gubernamental.
                   Artículo 67 segundo párrafo: “Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma electrónica,
                   mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”

               Por  lo  anterior, la  Auditoría  Superior  de Fiscalización del  Estado de  Oaxaca,  recomendó al  H.
               Ayuntamiento  Municipio  de San  Juan  Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, realizar  las
               acciones  necesarias para  la  implementación  del Marco Integrado  de Control Interno  (MICI),  con
               la  finalidad  de proporcionar un grado  de seguridad  razonable  en cuanto a  la  consecución  de los
               objetivos relacionados  con  las  operaciones, la  información  y  el cumplimiento;  en particular el
               componente de ambiente de control, que tiene por objeto identificar si se establecieron normas,
               procesos  y estructuras que proporcionaran una base para llevar a cabo el control interno  en el
               Municipio, así como la normativa que proporcionara disciplina y estructura para apoyar al personal
               en la  consecución  de  los objetivos institucionales, con  la  implementación de  códigos  de  ética,
               códigos de conducta debidamente socializados  con los servidores públicos del municipio, que
               coadyuven a alcanzar los objetivos institucionales de manera permanente en sus operaciones; así
               mismo, realizaran  las acciones necesarias  a  través de la  asignación  de un área responsable que
               tenga a su cargo los procesos de administración de riesgos, que permitieran identificar, analizar y
               evaluar los riesgos que pudieran impedir el cumplimiento de los objetivos del Municipio, así como
               proveer las  bases para  desarrollar  respuestas apropiadas  al  riesgo,  que  mitigaran  el  impacto en
               caso de materialización, a través de la elaboración de guías o manuales de riesgos en el Municipio,
               prevenir  acciones y  riesgos asociados  a  su administración  incluyendo  los  de  corrupción; en
               atención a  las  recomendaciones,  políticas  públicas,  lineamientos y  cualquier  normatividad  que
               emitieran  las  instancias del  Sistema Nacional  Anticorrupción  y  del  Sistema Estatal  de  Combate a
               la  Corrupción; realizaran  las acciones necesarias a  través de la  implementación  de actividades
               de  control  mediante políticas y  procedimientos, para  responder a  los riesgos que  pudieran
               afectar el cumplimiento y logro de los objetivos, como son revisiones periódicas de las políticas y
               procedimientos  implementados en todos los niveles  del municipio, en las distintas  etapas de los
               procesos  de  las  actividades sustantivas (administración  del  ayuntamiento, planeación,  ejercicio
               de los recursos federales, ejecución de obra pública), y adjetivas (Finanzas, tesorería), emisión de
               estados  financieros, pago  de nóminas, recursos  humanos, adquisiciones, inventario de bienes
               muebles e inmuebles, capacitación  y  evaluación  del  personal  respecto a  las  responsabilidades
               asignadas a fin de lograr los objetivos institucionales; realizaran las acciones pertinentes a través de
               un sistema de información y comunicación adecuado, que permitiera cumplir con la responsabilidad
               del control interno para el logro de sus objetivos, a través de la designación de personal a cargo de
               un sistema de comunicación relevante y confiable, servidor público que tuviera a cargo la obtención
               de información pertinente  y  de calidad  para  la  consecución  de los objetivos institucionales, en
               relación  con los  eventos al  interior,  como son  contar  con indicadores que  permitan  medir  el
               cumplimiento de objetivos y metas, un sistema interno que informara periódicamente al Presidente
               Municipal y Ayuntamiento, sobre cualquier riesgo detectado. Al exterior del municipio, contaran
               con evidencia que acredite  que el Ayuntamiento  rindiera a la ciudadanía,  a través  del Presidente
               Municipal, un informe detallado sobre los recursos recibidos, información financiera, avance de los
               programas, las obras en proceso y concluidas y los resultados alcanzados al término del ejercicio;
               realizaran  las  acciones necesarias a  través de  la  implementación de  un  área  con responsables a
               cargo  de supervisar el control interno, que establecieran  los procedimientos  a  seguir en caso de
               detectar deficiencias en el control interno, comunicarlas y corregirlas, para asegurar que se llevaran


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