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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 fecha 25 de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada
de fecha 25 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en
copias certificadas, como se detalla a continuación:
1.- Respecto al proceso de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y
demás circunstancias pertinentes, presentó:
Oficio de solicitud autorización de compra de fecha 19 de abril de 2022, mediante el cual
el Regidor de Hacienda solicita la autorización al Presidente Municipal para la compra de
materiales para darle mantenimiento al sistema de agua potable para brindar el mejor servicio
a la población, con el sello de autorizado de la presidencia municipal, Tres cotizaciones de
diferentes proveedores y Cuadro comparativo de tres proveedores, por lo que atendió este
punto.
2.- Respecto a la evidencia de uso y destino de los materiales, presentó:
Reporte fotográfico de fecha 22 de abril de 2022 denominado “se llevó a cabo el
mantenimiento del sistema de agua potable para así brindar el mejor servicio a los habitantes
de este municipio”, con lo que evidencian los trabajos realizados con los materiales, por lo que
atendió este punto.
Por lo anterior y una vez analizada la documentación e información presentada por el Ayuntamiento
del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.
RESULTADO: AF-16 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS y 51271-2722
PRENDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL, se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto
de Egresos en cantidad de $765,233.20 (Setecientos sesenta y cinco mil doscientos treinta
y tres pesos 20/100 M.N.) y $58,000.00 (Cincuenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.),
respectivamente, realizando pagos mediante transferencias con afectación a las cuentas número
18000206384 y 18000206200 de la institución bancaria Banco Santander (México), S.A.,
correspondientes a Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios y Ramo 33
Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-D.F.), respectivamente; observando que los registros
contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del
gasto, relativa al proceso de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones
disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
pertinentes, así como evidencia de la recepción final de los uniformes y prendas de protección
por parte de los beneficiarios, aunado a lo anterior, se observó que el ente fiscalizado no canceló
la documentación comprobatoria con la leyenda “operado”, identificando el nombre del fondo de
aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas; como se detalla en el ANEXO
DAM-DAFC-07.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo”;
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo”;
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
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