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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

                                                  Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, para que
                                                  justificara o aclarara el importe de $522,760.06 (Quinientos veintidós mil setecientos
                                                  sesenta pesos 06/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en este Resultado y
                                                  presentara dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización

                                                  Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación

                                                  que demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0246/2023, notificado el día 31 de agosto de 2023,
                                                  se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán,
                                                  Oaxaca los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo de 10
                                                  días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, en el
                                                  proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MZA/PM/CPM/001/2023 de
                                                  fecha 25 de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada
                                                  de fecha 25 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en
                                                  copias certificadas, como se detalla a continuación:

                                                    1.- Respecto al proceso de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores
                                                        condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y
                                                        demás circunstancias pertinentes, presentó:

                                                  Oficios de Solicitud de autorización de compra, mediante el cual el Regidor de Hacienda solicita la
                                                  autorización al Presidente Municipal para la compra de material de papelería para oficina, impresión
                                                  digital, rotulación vehicular, cartuchos de tinta y tóner, con el sello de autorizado de la presidencia
                                                  municipal; Tres cotizaciones de diferentes proveedores y cuadros comparativos de cotizaciones, por
                                                  lo que atendió este punto.

                                                    2.- Respecto a la evidencia del destino de los materiales, presentó:

                                                  Reportes fotográficos de la evidencia de la entrega en diferentes áreas y oficinas del municipio
                                                  de los artículos de oficina y papelería, impresión de lonas y promocionales, rotulación vehicular,
                                                  servicios de impresión de formatos oficiales, cartuchos de tinta y tóner para las impresoras, por lo
                                                  que atendió este punto.

                                                    3.- Respecto a no presentó la documentación comprobatoria relativa a los comprobantes
                                                        fiscales digitales por internet en cantidad de $80,053.71 (Ochenta mil cincuenta y tres
                                                        pesos 71/100 M.N.), presentó:

                                                  Comprobante Fiscal Digital por Internet de fecha 08 de febrero de 2022, con folio fiscal 0FA6D06C-
                                                  8918-11EC-9AF8-2BED002F9416 por importe de $80,053.71, por lo que atendió este punto.

                                                  Lo anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-05-SEG-06.

                                                  Por lo anterior y una vez analizada la documentación e información presentada por el Ayuntamiento

                                                  del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, esta Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.

                                                  RESULTADO: AF-14  CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a las sub-subcuentas 51251-2521 FERTILIZANTES Y 51251-2591 OTROS
                                                  PRODUCTOS QUÍMICOS, se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos
                                                  en cantidad de $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y $226,919.20
                                                  (Doscientos veintiséis mil novecientos diecinueve pesos 20/100 M.N.), respectivamente,
                                                  realizando pagos mediante transferencias, con afectación a las cuentas número 18000205802
                                                  y 18000206384 de la institución bancaria Banco Santander (México), S.A., correspondientes
                                                  a Recursos Fiscales y del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios,

                                                  respectivamente; detectando que las partidas no se encuentran aprobadas en el Presupuesto de

                                                  Egresos, asimismo, se observó que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran

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