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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  normas de conducta del personal de las áreas administrativas, con la comisión de rendición de
                                                  cuentas, transparencia y acceso a la información y disposiciones relativas a las enajenaciones,
                                                  arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles.

                                                  Asimismo, no acreditó establecer y mantener un ambiente de control dentro de la Entidad
                                                  Fiscalizable al no contar con un manual de organización y un manual de procedimientos, expedidos
                                                  y/o reformados por el Ayuntamiento, bando de policía y gobierno, así como con un reglamento
                                                  interno del municipio y reglamentos municipales aprobados o en su caso ratificados por la Entidad
                                                  Fiscalizable, haber elaborado, aprobado y publicado el manual o documento para la administración
                                                  de recursos humanos del municipio, ni haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y
                                                  calidad en el servicio público ni disponer de una área encargada de evaluar el desempeño del control
                                                  interno municipal.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Ozolotepec, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, realizar
                                                  las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI),
                                                  respecto al componente ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina
                                                  y estructura para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la
                                                  implementación de un Órgano Interno de Control Municipal, contar con un código de ética y código de
                                                  conducta expedidos y/o reformados por el Ayuntamiento, medios para recibir denuncias por posibles
                                                  violaciones a los valores éticos y a las normas de conductas a cargo del personal, medios para evaluar
                                                  el apego y cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas, de una
                                                  comisión de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, un comité de adquisiciones
                                                  y contratación de servicios, de igual forma, deberá realizar acciones para establecer y mantener un
                                                  ambiente de control en el Ayuntamiento a través de manual de organización, manual de procedimientos,
                                                  expedidos y/o reformados por el Ayuntamiento; la aprobación, implementación y difusión del bando
                                                  de policía y gobierno, reglamento interno, reglamentos municipales, manual o documento para la
                                                  administración de recursos humanos del municipio; capacitar al personal en materia de legalidad, ética
                                                  y calidad en el servicio público, así como disponer de una área encargada de evaluar el desempeño del
                                                  control interno municipal; además de cumplir con las obligaciones, así como con las recomendaciones,
                                                  políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional
                                                  Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

                                                  ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
                                                  componente de administración de riesgos, se determinó un puntaje alcanzado de 5.7 de un total de
                                                  20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad
                                                  Fiscalizable no acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar
                                                  con lo que se enlista a continuación: un Programa Anual de la Administración Pública Municipal,
                                                  así como con un área formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la
                                                  elaboración, actualización, control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas,
                                                  ni con un área que identifique, analice y evalúe los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de
                                                  los objetivos del referido Plan de Desarrollo; asimismo, no acreditó identificar, analizar y responder
                                                  a los riesgos de probabilidad de ocurrencia de actos corruptos, fraude, abuso desperdicio y otras
                                                  irregularidades que atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos públicos; ni prevenir
                                                  ni planear acciones ante los cambios internos o externos que afecten el buen funcionamiento del
                                                  control interno.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Ozolotepec, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, realizar
                                                  las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
                                                  al componente de administración de riesgos, el cual tiene la finalidad de evaluar los riesgos a los que
                                                  se enfrenta la institución en la procuración del cumplimiento de sus objetivos, a fin de proporcionar
                                                  las bases para identificar los riesgos, analizarlos, catalogarlos, priorizarlos y desarrollar respuestas
                                                  que mitiguen su impacto, incluyendo los riesgos de corrupción; a través de un Programa Anual de

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