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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
Información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 3.3 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
fiscalizado no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; contar
con indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo
y en el Programa Anual de la Administración Pública Municipal; ni con personal confiable para
obtener información relevante que apoye al control interno; informar periódicamente al presidente
municipal y al personal del ayuntamiento, la situación de cambios o asuntos emergentes del control
interno y hacer llegar la información de calidad necesaria para la consecución de los objetivos
institucionales; rendir a la ciudadanía a través de un informe detallado sobre los recursos recibidos,
el estado financiero de la hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en
proceso y concluidas, los resultados alcanzados al término del ejercicio, y en general del estado que
guardan los asuntos municipales. Así como tampoco dispone de una plataforma de transparencia
oficial del municipio para el cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la
normatividad aplicable.

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Ozolotepec, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información de calidad que el
Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y comunican para respaldar
el sistema de control interno y para dar cumplimiento a su mandato legal; a través de la implementación
de indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en su Plan Municipal
de Desarrollo y en los Programas de la Administración Pública Municipal; así como de la designación de
personal interno o externo necesario y confiable para obtener información relevante que apoye al control
interno; informar periódicamente al presidente municipal y al personal del ayuntamiento, la situación de
cambios o asuntos emergentes del control interno y hacerles llegar la información de calidad necesaria
para la consecución de los objetivos institucionales; mediante la rendición de un informe detallado a
la ciudadanía de la actuación y desempeño sobre los recursos recibidos, el estado financiero de
la hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas,
los resultados alcanzados al término del ejercicio, y en general del estado que guardan los asuntos
municipales; realizar la publicación de su información oficial en una página de internet del municipio;
asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier
normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción.

SUPERVISIÓN

Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
supervisión, se determina un puntaje alcanzado de 0.0 puntos de un total de 20.0 puntos asignados,
correspondiente al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado no acreditó
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con lo que se enuncia a
continuación: un área interna o externa que se encargue de supervisar y evaluar la eficacia operativa
del control interno, tomar en cuenta las quejas o denuncias de la ciudadanía y el público en general
que permitiera identificar áreas de riesgo y definir mejoras en el control interno; con procedimientos
o estrategias para corregir las deficiencias de control interno, reportar a las partes internas y
externas del Ayuntamiento los problemas de control interno detectados; asimismo, con un área
que realice la función de verificar que la información reportada en relación del cumplimiento de los
programas del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de información adecuada, actual, completa,
exacta, accesible y oportuna, en términos del Marco Integrado del Control Interno (MICI).

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Ozolotepec, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de supervisión, el cual tiene la finalidad de contribuir a asegurar que el control interno

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