Page 40 - 043 San Francisco Ozolotepec
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 NOMBRE DE LA OBRA IMPORTE DE OFICIO DE ANEXO CROQUIS CROQUIS DE ACTA ENTREGA ACTA ENTREGA
LA OBRA AUTORIZACIÓN FINANCIERO DE MICRO LOCALIZACIÓN RECEPCIÓN RECEPCIÓN A
O TECNICO DE Y MACRO LA INSTANCIA
Y/O LOCALIZACIÓN DE LOS DEL MUNICIPIO RESPONSABLE DE
APROBACIÓN OBRA TRABAJOS AL COMITÉ DE SU OPERACIÓN Y
EJECUTADOS MANTENIMIENTO
OBRAS
NO PRESENTÓ
004/2022 - AMPLIAICON
SI
DEL CAMINO RURAL
TRAMO SAN FRANCISCO NO PRESENTÓ NO PRESENTÓ NO PRESENTÓ NO PRESENTÓ NO PRESENTÓ
SI SI SI
OZOLOTEPEC A SAN 4,500,000.00
JOSE OZOLOTEPEC
(2022)
CONV/03/22 -
CONSTRUCCIÓN DE
MURO DE CONTENCIÓN NO PRESENTÓ NO PRESENTÓ
EN LA LOCALIDAD DE 1,426,176.05
SAN JOSE OZOLOTEPEC
(2022)
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 46 párrafo primero, fracción III, “En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, las entidades de la Administración Pública Paraestatal y los órganos autónomos, permitirán en la medida que corresponda, la
generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala:”; III: “Información programática, con la
desagregación siguiente:”; a): “Gasto por categoría programática;”; b): “Programas y proyectos de inversión,”; y c): “Indicadores de
resultados,”.
Artículo 54 párrafo primero y segundo: “La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de
la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales
del Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos. Para
ello, deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como
vincular los mismos con la planeación del desarrollo.”.
Artículo 61 párrafo primero, fracción II, incisos a) y b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera,
fiscal y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios,
y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos
u ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente:” II: “Presupuestos de Egresos:”; a): “Las prioridades de
gasto, los programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo el analítico
de plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones para personal
eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto correspondiente a
compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, entre otros”; b): “El listado de
programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo 24 párrafo segundo y cuarto: “Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán convocar, adjudicar o contratar
obras y servicios relacionados con las mismas, con cargo a su presupuesto autorizado y sujetándose al calendario de gasto correspondiente”
“Para la realización de obras públicas se requerirá contar con los estudios y proyectos, especificaciones de construcción, normas de
calidad y el programa de ejecución totalmente terminados, o bien, en el caso de obras públicas de gran complejidad, con un avance en su
desarrollo que permita a los licitantes preparar una proposición solvente y ejecutar los trabajos hasta su conclusión en forma ininterrumpida, en
concordancia con el programa de ejecución convenido. Se exceptúa de lo anterior los casos a que se refieren las fracciones II, V y VIII, salvo
los trabajos de mantenimiento, del artículo 42 de esta Ley.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la
Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos
en cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Congruencia de los Programas Presupuestarios autorizado con los Indicadores de Situación de
Pobreza y Rezago Social
Con el objetivo de verificar que las obras ejecutadas por el ente fiscalizado hayan impactado
positivamente en los indicadores de pobreza o rezago social, se verificó lo siguiente:
Del análisis realizado a los Programas Presupuestarios, se constató que las obras registradas en
las actividades “SAN FRANCISCO OZOLOTEPEC-SAN JUAN OZOLOTEPEC DEL KM 0+000 AL
KM 22+500 TRAMO 2022. DEL KM 6+500 AL KM 9+500” y “CONSTRUCCIÓN DE MURO DE
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