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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
administrativas del ayuntamiento, disponer de una área encargada de evaluar el desempeño del
control interno municipal, ni haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y calidad en
el servicio público.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina y estructura
para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la implementación
de un Órgano Interno de Control Municipal, medios para recibir denuncias por posibles violaciones a
los valores éticos y a las normas de conductas a cargo del personal, medios para evaluar el apego y
cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas, de una comisión
de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, un comité de contraloría social
municipal, un comité de adquisiciones y contratación de servicios. Asimismo, implementar un ambiente
de control dentro del municipio con la elaboración, aprobación y publicación de un manual o documento
para la administración de recursos humanos del municipio y disposiciones relativas a las enajenaciones,
arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles; así como
tener establecidos medios para evaluar el apego y cumplimiento de las normas de conducta del
personal de las áreas administrativas del Ayuntamiento, disponer de una área encargada de evaluar
el desempeño del control interno municipal, y capacitar al personal en materia de legalidad, ética y
calidad en el servicio público; al igual, cumplir con las obligaciones, así como las recomendaciones,
políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
de administración de riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 5.7 de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ayuntamiento no
acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con una
área formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración,
actualización, control y evaluación del plan municipal de desarrollo y sus programas, con una área
encargada de identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los
objetivos de su plan municipal de desarrollo sostenible, ni con una área que identifique, analice y
evalúe los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos del referido plan; asimismo,
no acreditó evaluar los posibles actos de corrupción, fraude, abuso y otras irregularidades que
atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos públicos ni prevenir y planear acciones ante
los cambios internos o externos que afecten el buen funcionamiento del control interno.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de administración de riesgos, el cual tiene la finalidad de evaluar los riesgos a los que
se enfrenta la institución en la procuración del cumplimiento de sus objetivos, a fin de proporcionar las
bases para identificar los riesgos, analizarlos, catalogarlos, priorizarlos y desarrollar respuestas que
mitiguen su impacto, incluyendo los riesgos de corrupción; a través de la implementación de una área
formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración, actualización,
control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas, de una área encargada de
identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su
Plan Municipal de Desarrollo y de una área encargada de evaluar los posibles actos de corrupción,
fraude, abuso y otras irregularidades que atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos
públicos; de la designación de un responsable que identifique, analice y evalúe los riesgos que
pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos del Plan Municipal de Desarrollo y de un responsable
encargado de prevenir y planear acciones ante los cambios internos o externos que afecten el buen
funcionamiento del control interno; asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas
públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
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