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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
ACTIVIDADES DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 2.2 puntos de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado no
acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con sistemas
informáticos que permitan procesar la información relativo a cada uno de los procesos operativos
y que apoyen el desarrollo de sus actividades sustantivas, financieras o administrativas a fin de
garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, así como con personal especializado
para garantizar el desarrollo continuo, seguridad y mantenimiento de los sistemas informáticos y de
comunicaciones del ayuntamiento, tener establecido un sistema de control y vigilancia municipal de
los bienes muebles e inmuebles del municipio, realizar actividades de control interno que le permitan
alcanzar sus objetivos municipales y responder a los riesgos, evaluar y retroalimentar continuamente
las necesidades de conocimiento, competencias y capacidades que el personal debe tener para
lograr los objetivos institucionales; al igual, no acreditó realizar revisiones periódicas o reuniones
para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos ni
comunicar al responsable de cada área, las políticas y procedimientos para que pueda implementar
las actividades de control respecto de las responsabilidades que tiene asignadas.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a través de políticas
y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus riesgos, incluidos los
de corrupción y los de sistemas de información, en el control interno; a través la implementación de
sistemas informáticos que permitan procesar la información relativo a cada uno de los procesos
operativos y que apoyen el desarrollo de sus actividades sustantivas, financieras o administrativas
a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, sistema de control y vigilancia
municipal, de los bienes muebles e inmuebles del municipio; realizar revisiones periódicas y/o reuniones
para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos; y evaluar
y retroalimentar continuamente las necesidades de conocimiento, competencias y capacidades que el
personal debe tener para lograr los objetivos institucionales. Asimismo, cumpla con las obligaciones y
recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y normatividad que emitan las instancias del Sistema
Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 3.3 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
fiscalizado no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, rendir
a la ciudadanía a través de un informe detallado la actuación y desempeño del estado financiero,
la hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas,
y en general del estado que guardan los asuntos municipales, contar con indicadores para medir
el cumplimiento de los objetivos y metas del plan municipal de desarrollo, con personal confiable
para obtener información relevante que apoye al control interno, así como tampoco dispone de
una plataforma de transparencia oficial del municipio para el cumplimiento de la publicación de la
información de acuerdo con la normatividad aplicable, e informar periódicamente al presidente
municipal y al personal del ayuntamiento, la situación de cambios o asuntos emergentes del control
interno y se les hace llegar la información de calidad necesaria para la consecución de los objetivos
institucionales.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información de calidad que el
Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y comunican para respaldar
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