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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Una vez fenecido el plazo del proceso de aclaraciones y justificaciones, el Municipio de Santa
Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, hizo caso omiso, sin que haya presentado
documentación justificativa y aclaratoria; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:
Recomendación.
2022-OA/CPM/046/2023-REC-01
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de
Jamiltepec, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que demuestre la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI),
respecto a los cinco componentes: Ambiente de Control, Administración de Riesgos, Actividades de
Control, Información y Comunicación y Supervisión, relativo a:
AMBIENTE DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas respecto al componente Ambiente de
Control, se determina un puntaje alcanzado de 6.7 de un total de 20.0 puntos asignados que son
correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad Fiscalizable no acreditó
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca haber realizado acciones para
establecer y mantener un ambiente de control en el ayuntamiento, al no tener establecido un Órgano
Interno de Control Municipal, contar con medios para recibir denuncias por posibles violaciones
a los valores éticos y a las normas de conductas a cargo del personal, medios para evaluar el
apego y cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas, con la
comisión de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, un comité de contraloría
social municipal, un comité de adquisiciones y contratación de servicios. Asimismo, no acreditó
establecer y mantener un ambiente de control dentro del municipio al no haber elaborado, aprobado
y publicado el manual o documento para la administración de recursos humanos del municipio y
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados
con bienes muebles e inmuebles; así como tampoco tener establecidos medios para evaluar
el apego y cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas
del ayuntamiento, disponer de una área encargada de evaluar el desempeño del control interno
municipal, ni haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el servicio
público.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina y estructura
para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la implementación
de un Órgano Interno de Control Municipal, medios para recibir denuncias por posibles violaciones a
los valores éticos y a las normas de conductas a cargo del personal, medios para evaluar el apego y
cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas, de una comisión
de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, un comité de contraloría social
municipal, un comité de adquisiciones y contratación de servicios. Asimismo, implementar un ambiente
de control dentro del municipio con la elaboración, aprobación y publicación de un manual o documento
para la administración de recursos humanos del municipio y disposiciones relativas a las enajenaciones,
arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles; así como,
tener establecidos medios para evaluar el apego y cumplimiento de las normas de conducta del
personal de las áreas administrativas del Ayuntamiento, disponer de una área encargada de evaluar
el desempeño del control interno municipal, y capacitar al personal en materia de legalidad, ética y
calidad en el servicio público; al igual, cumplir con las obligaciones, así como las recomendaciones,
políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
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