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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 MEDICIÓN DEL AVANCE DE FINANCIERO DE OBJETIVOS, ACCIONES Y METAS (CUENTA PÚBLICA) REPORTE DE PROGRAMA PRESUPUESTO DE
PRESUPUESTARIOS (CUENTA EGRESOS APROBADO
PÚBLICA) MATRIZ DE
INDICADORES PARA
RESULTADOS (MIR)
PROGRAMA OBJETIVO DEL ACTIVIDAD OBRA/ACCIÓN IMPORTE IMPORTE UNI- ME- ME- METAS ACTI- UNI- ME-
PRESUPUES- PROGRAMA MODIFICADO PAGADO AL DAD DE TAS TAS ALCAN- VIDAD DAD TAS
31-DIC-2022 MEDI- PRO- DE PRO-
TARIO GRA- ZADA MEDI- GRA-
DA MA- DA MA-
DAS DAS
REHABILITACIÓN DE REHABILITACIÓN DE
LA RED DE ENERGÍA LA RED DE ENERGÍA
ELÉCTRICA EN ELÉCTRICA EN POS-
TES
DIVERSAS DIVERSAS CALLES 31 - 31
CALLES DEL CENTRO DEL CENTRO DE 2800 - SIN SIN SIN
2800 MIR MIR MIR
DE SANTO DOMINGO SANTO DOMINGO 6005 -
6005
JALIEZA JALIEZA (2022) 100 -
100 -
VIVIENDA Y EFICIENCIA EN CONSTRUCCIÓN CONSTRUCCIÓN 7,800,542.47 7,559,033.47 ME- 100 - 85
SERVICIOS EL SERVICIO DE RED DE AGUA DE RED DE AGUA TROS 100 - 109
BÁSICOS DE ENERGÍA ENTUBADA ENTUBADA (2022) LINEA-
ELÉCTRICA LES SIN SIN SIN
GOBIERNO 111 MIR MIR MIR
MODERNO CONSTRUCCIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE 200
OLLA
DE CAPTACIÓN DE OLLA DE CAPTACIÓN ME-
AGUA TROS
PLUVIAL EN PARAJE LA DE AGUA PLUVIAL CÚBI-
CIENEGUITA EL RINCÓN COS
EN PARAJE LA
CIENEGUITA EL
RINCÓN (2022)
TOTAL DEL PROGRAMA: VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS $7,800,542.47 $7,559,033.47
EJERCICIO DEL SERVICIO 001/2022
GASTO 01
PROMOVER Y EJERCICIO DEL GASTO SERVICIO 002/2022 10,043,675.35 POR-
GARANTIZAR LA 03 9,528,602.02 CENTA-
TRANSPARENCIA SERVICIO 004/2022,
EN LA RENDICIÓN EJERCICIO DEL GASTO SERVICIO 003/2022 JE
07
DE CUENTAS SERVICIO 005/2022
PROGRAMA DE
CULTURA FÍSICA Y
DEPORTE
TOTAL DEL PROGRAMA: GOBIERNO MODERNO $10,043,675.35 $9,528,602.02
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 134 párrafos primero y segundo: “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los
Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.” “Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las
instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los recursos
económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo precedente.”.
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 61 párrafo primero fracción II, inciso c): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal
y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos
u ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II: “Presupuestos de Egresos”: c): “La aplicación de los
recursos conforme a las clasificaciones administrativa, funcional, programática, económica y, en su caso, geográfica y sus interrelaciones que
faciliten el análisis para valorar la eficiencia y eficacia en el uso y destino de los recursos y sus resultados.”.
Ley Estatal de Planeación
Artículo 74: “La estructura programática que se defina deberá facilitar la consistencia e integración entre el Presupuesto de Egresos anual y
los planes para lo cual deberá incluir indicadores de desempeño con sus correspondientes metas anuales. Los indicadores de desempeño
corresponderán a un índice, a una unidad de medida, cociente o fórmula que permita establecer un parámetro de medición de lo que se
pretende lograr en un año, expresado en términos de cobertura, eficiencia, impacto económico y social, calidad y equidad. Estos indicadores
serán la base para el funcionamiento del SED. Los Poderes Legislativo y Judicial y los Órganos autónomos incluirán los indicadores de
desempeño y metas que faciliten la evaluación del desempeño de sus programas presupuestarios.”.
Artículo 75: “Para cada programa, sub programa y proyecto de inversión, de acuerdo a las definiciones de la Federación, se deberá formular
matrices de indicadores bajo el enfoque de marco lógico que facilite la consistencia entre el presupuesto y los planes para garantizar su
control y evaluación. En el caso de los proyectos de inversión la matriz definirá indicadores de producto que contribuyan al logro de resultados
e impactos de sus correspondientes programas y sub programas.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 68 párrafo primero fracción X: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la administración
pública municipal, encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes facultades y
obligaciones: X: “Vigilar la recaudación de ingresos en todos los ramos de la administración pública municipal, con apego a lo dispuesto
en la Ley de Ingresos Municipales, inspeccionar los fondos de la hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los recursos
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