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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
municipales se hagan con estricto apego al presupuesto de egresos y a las leyes correspondientes y a los principios constitucionales de
austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y en su caso, autorizar los estados financieros del
Municipio.”.
Artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios
constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar
la perspectiva de género, con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para
la igualdad entre hombres y mujeres, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones
presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML) Emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Satisfacción de beneficiarios e igualdad entre mujeres y hombres
Derivado de la revisión al Programa Presupuestario “Vivienda y Servicios Básicos”, mismo que está
relacionado a la ejecución de obra, así como del análisis realizado a la información reflejada en el
Reporte de Indicadores de los Programas Presupuestarios contenido en la Cuenta Pública Municipal
del ejercicio fiscal 2022, del H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de
Ocotlán, Oaxaca, se observó lo siguiente:
Los días 19 y 20 de mayo del 2023, el personal de la Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca efectuó la inspección física de las obras del Programa Presupuestario antes
mencionado, constatando que las obras se encuentran concluidas y, según información obtenida de
los beneficiarios, en operación. Asimismo, con la finalidad de comprobar el grado de satisfacción de
los beneficiarios, en la misma fecha de inspección física se aplicaron cuestionarios de satisfacción
a los beneficiarios de dichas obras, obteniendo que el 67% de la población objetivo se encuentran
satisfecha y el 33% de la población objetivo se encuentra con un nivel regular de satisfacción con
la ejecución y operación de las mismas, por lo cual, se califica el impacto de las obras en un nivel
satisfactorio y reportando un beneficio al 56% de mujeres y 44% de hombres.
Conclusión del análisis de los Programas Presupuestarios
De la evaluación realizada a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos” y
“Gobierno moderno”, con relación al cumplimiento de los objetivos y al cumplimiento de las metas de
los indicadores aprobados en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, se
concluye que, al no presentar las Matrices de Indicadores para resultados (MIR) en el Presupuesto
de Egresos Aprobado, y al no acreditar que las acciones ejecutadas en las Actividades de los
Programas Presupuestarios fueran planeadas en el Programa de la Administración Pública Municipal
del ejercicio fiscal 2022, se concluye que, el ente fiscalizado careció de una adecuada planeación
que sustente la consecución de los objetivos y metas en alineación con el Plan Municipal y Plan
Estatal de Desarrollo. Asimismo, no demostró que la planeación de los Programas Presupuestarios
se haya realizado en apego a los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML) y que cumplieran con el diseño
y estructura de los programas establecidos en dichos Lineamientos, tampoco demostró haber
alcanzado las metas previstas en los indicadores de desempeño, ni haber alcanzado las metas del
gasto programadas; por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza,
Distrito de Ocotlán, Oaxaca, no demostró que los Programas “Vivienda y Servicios Básicos”
y “Gobierno moderno, en su ejecución se hayan apegado a los principios de eficiencia, eficacia y
economía.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, justificar o
aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del
plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestren las
acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
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