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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios
constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar
la perspectiva de género, con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para
la igualdad entre hombres y mujeres, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones
presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal.”
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML) Emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Conclusión del análisis de los Programas Presupuestarios
De la evaluación realizada a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos” y
“Gobierno moderno”, con relación al cumplimiento de los objetivos y al cumplimiento de las metas de
los indicadores aprobados en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, se
concluye que, al no presentar las Matrices de Indicadores para resultados (MIR) en el Presupuesto
de Egresos Aprobado, se concluyó que, la Entidad Fiscalizable careció de una adecuada planeación
que sustente la consecución de los objetivos y metas en alineación con el Plan Municipal y Plan
Estatal de Desarrollo. Asimismo, no demostró que la planeación de los Programas Presupuestarios
se haya realizado en apego a los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML) y que cumplieran con el diseño
y estructura de los programas establecidos en dichos Lineamientos, tampoco demostró haber
alcanzado las metas previstas en los indicadores de desempeño, ni haber alcanzado las metas del
gasto programadas; por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza,
Distrito de Ocotlán, Oaxaca, no demostró que los Programas “Vivienda y Servicios Básicos”
y “Gobierno moderno, en su ejecución se hayan apegado a los principios de eficiencia, eficacia y
economía.
RESULTADO: AD-05 SIN OBSERVACIÓN
CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES APLICABLES DE LOS RECURSOS DEL RAMO 33,
FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS
DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FISM-D.F.).
De la revisión y análisis a la documentación presentada por el ente fiscalizado, respecto al ejercicio
de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y, con relación a lo establecido por los
Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social,
se constató que, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán,
Oaxaca, ejerció recursos por un importe de $9,109,468.00 (Nueve millones ciento nueve mil
cuatrocientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), equivalente al 100% del total de los recursos
recibidos en el Fondo, los cuales fueron destinados para la ejecución de cuatro obras y una acción
en tres Programas Presupuestarios reportados en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal
2022, denominados: “Vivienda y Servicios Básicos”, “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial” y
“Gobierno Moderno”.
Así mismo, se verificó que, con relación al uso de los recursos del Fondo, el ente fiscalizado ejecutó
proyectos de incidencia directa por un importe de $7,559,033.47 (Siete millones quinientos
cincuenta y nueve mil treinta y tres pesos 47/100 M.N.) equivalente al 83.0% del total de
recursos ejercidos, y que ejecutó proyectos de incidencia complementaria por un importe de
$1,277,434.53 (Un millón doscientos setenta y siete mil cuatrocientos treinta y cuatro pesos
53/100 M.N.), equivalente al 14.02% del total de recurso ejercido; por lo cual, el ente fiscalizado
acreditó que, los recursos del Fondo fueron aplicados de conformidad a la clasificación por tipo
de obra y/o acción, establecida en el Catálogo del FAIS del Manual de usuario y operación de
la Matriz de Inversión para el Desarrollo Social vigente para el ejercicio fiscal 2022 y los
Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social.
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