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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
medir, Económico; debiendo elegir aquellos que estén disponibles a un costo razonable,
Monitoreable, sujetándose a una comprobación independiente y, Adecuado; debiendo
proveer suficientes bases para medir el indicador.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán,
Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”
y “Gobierno moderno”, cumplieran con los elementos cualitativos de la Matriz de Indicadores para
Resultados (MIR).
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículo 61
párrafo primero fracción II inciso b); Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios, Artículo 18 párrafo primero; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el
Consejo Nacional de Armonización Contable; lo que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 61 párrafo primero fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal
y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente”: II: “Presupuestos de Egresos”; b): “El listado de programas
así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML) Emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
Programas Presupuestarios autorizados, mediante los indicadores reportados en la Cuenta
Pública Municipal
De la revisión y análisis de los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos” y
“Gobierno moderno”, se constató lo siguiente:
Con relación al Programa Presupuestario “Vivienda y Servicios Básicos”, se verificó que, en el
Presupuesto de Egresos Aprobado, la Entidad Fiscalizable no presentó registro de metas anuales
al inicio del ejercicio fiscal 2022, debido a que carece de Matriz de Indicadores para Resultados
(MIR) en dicho Programa Presupuestario. Sin embargo, en el Reporte de Programas Presupuestarios
contenido en la Cuenta Pública Municipal ejercicio fiscal 2022, el mismo Programa Presupuestario
reporta al 31 de diciembre de 2022, un avance de la meta del 100% de cada actividad. Por lo
anterior se determinó que, los avances de la meta en este Programa Presupuestario no fueron
susceptibles de comparación ni comprobación, debido a que la Entidad Fiscalizable no elaboró ni
presentó la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) en el Presupuesto de Egresos Aprobado
para el ejercicio fiscal 2022, de cuyo contenido se identifiquen las metas programadas establecidas
para el cumplimiento de los objetivos de los Programas Presupuestarios.
Con relación al Programa Presupuestario “Gobierno Moderno”, se verificó que, en el Presupuesto
de Egresos Aprobado, la Entidad Fiscalizable no presentó registro de metas anuales al inicio del
ejercicio fiscal 2022, debido a que carece de Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) en dicho
Programa Presupuestario. Sin embargo, en el Reporte de Programas Presupuestarios contenido
en la Cuenta Pública Municipal ejercicio fiscal 2022, el mismo Programa Presupuestario reporta al
31 de diciembre de 2022, avance de la meta del 85% de la actividad “ejercicio del gasto 01”; de
la actividad “ejercicio del gasto 03” un avance del 109%; de la actividad “ejercicio del gasto 07”
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