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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Heroica Villa Tezoatlán de Segura y
Luna, Cuna de la Independencia de Oaxaca, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, no acreditó que
la planeación y ejecución del programa presupuestario “Gobierno moderno”, se haya realizado con
base en las políticas del Plan Municipal y Estatal del Desarrollo durante el ejercicio 2022.
Incumpliendo en lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios, Artículo 18 párrafo primero; Ley General de Contabilidad Gubernamental,
Artículo 54 párrafo primero y segundo; Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca,
Artículo 123 párrafo primero; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML); lo que a la letra dice:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 54 párrafo primero y segundo: “La información presupuestaria y programática que forme parte de la Cuenta Pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de
la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales
del Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos. Para
ello, deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como
vincular los mismos con la planeación del desarrollo.”.
Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca
Artículo 123 párrafo primero: “La iniciativa de la Ley de Ingresos municipales y el Presupuesto de Egresos, se deberán elaborar por el
Ayuntamiento con estricto apego a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez, así como a las disposiciones contenidas en las leyes y decretos fiscales federales, estatales y municipales que resulten aplicables y
con base en los convenios respectivos.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Aprobación de los Programas Presupuestarios
Con el fin de verificar la aprobación de los Programas Presupuestarios para el ejercicio fiscal 2022
por parte de la Entidad Fiscalizable, se revisaron los documentos presentados a requerimiento y se
constató lo siguiente:
• Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo Social
Municipal (CDSM), ejercicio fiscal 2022, de fecha 12 de marzo de 2022, en el mismo
documento no se encuentran incluidas las acciones ejecutadas en el Programa Presupuestario
“Gobierno Moderno”;
• Programa Anual de Obras Públicas, relativo al ejercicio fiscal 2022, la Entidad Fiscalizable no
acreditó haberlo aprobado mediante acta de aprobación a través de sesión de cabildo.
• Programa Anual de la Administración Pública, ejercicio fiscal 2022, la Entidad
Fiscalizable no acreditó haberlo aprobado mediante acta de aprobación a través de sesión
de cabildo. Asimismo, no incluyó dentro del documento las acciones realizadas del Programa
Presupuestario “Gobierno Moderno”.
Por lo que el H. Ayuntamiento del Municipio de Heroica Villa Tezoatlán de Segura y Luna, Cuna
de la Independencia de Oaxaca, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, no acreditó haber atendiendo
las necesidades preponderantes del municipio al no haber ejecutado las acciones a realizar de
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