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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
programas autorizados, mediante los indicadores reportados en la cuenta pública.
Que de la revisión y análisis a los Programas Presupuestarios “Desarrollo Social y Humano”,
“Vivienda y Servicios Básicos” y “Comunicaciones y Transportes”, respecto a los objetivos y
metas presentados en el Reporte de Programas Presupuestarios integrado en la Cuenta Pública
2022, se constató lo siguiente: respecto al programa presupuestario denominado “Desarrollo
Social y Humano”, se verificó que reporta el alcance del 100% de las metas de sus actividades
en las unidades de medida “servicios” y “metros cuadrados”; del programa “Vivienda y Servicios
Básicos” reporta el alcance del 100% de las metas en sus actividades, no obstante, que en cuatro
de sus actividades no existe registro de obras o acciones realizadas; y referente al programa
presupuestario “Comunicaciones y Transportes” registró el alcance del 100% de las metas en las
unidades de medida “metros cuadrados” y “metros cúbicos”; resultados que no son susceptibles de
comparación ni de medición respecto del cumplimiento de las metas programadas, debido a que la
Entidad Fiscalizable no elaboró ni presentó las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR) en el
Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, de cuyo contenido se identifiquen
las metas programadas establecidas para el cumplimiento de los objetivos de los programas.
Que, de la inspección física realizada los días 8 y 9 de junio del presente año, por personal auditor
de esta Auditoría Superior de Fiscalización, en compañía de personal del H. Ayuntamiento del
municipio fiscalizado, a 12 obras registradas en los programas presupuestarios en líneas antes
mencionados, se pudo percatar, y de acuerdo a información proporcionada por los beneficiarios
encuestados, que 11 obras se encuentran terminadas y en operación; sin embargo, se observa que
la obra registrada en Cuenta Publica 2022 denominada “Rehabilitación de camino viejo de Coatecas
Altas Chepeginio (2022)”, no existe, ya que al constituirnos al lugar donde se ubica la obra en
comento, de acuerdo a la información que contiene el expediente técnico de la obra presentado por
la Entidad Fiscalizable, se verificó que se trata de una propiedad privada, lo cual fue corroborado por
las personas que acompañaron al recorrido de obras, las personas encuestadas y por el propietario
de la citada propiedad, este último manifestó en el cuestionario de satisfacción realizado, ser
propietario del terreno donde se reportó haberse realizado la obra en comento, y que él rehabilitó
un camino de acceso a su propiedad con recursos propios; por lo que no se estaría cumpliendo
con el objetivo y destino del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF), fuente de financiamiento con él
que se ejecutó la obra en comento, de acuerdo a información reportada en la Relación de Obras
en proceso y terminadas de la Cuenta Pública 2022; por lo que la Entidad Fiscalizable no acreditó
haber realizado una correcta planeación y ejecución respecto a las metas de los indicadores
de desempeño para los programas presupuestarios ni el logro de los objetivos de los programas.
Asimismo, no se localizó evidencia de la publicación, en medios oficiales, de los resultados de los
indicadores del programa ejecutado. Como se detalla a continuación:
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