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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
público; al igual, cumplir con las obligaciones, así como las recomendaciones, políticas públicas,
lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción
y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
ACTIVIDADES DE CONTROL
De la revisión y análisis a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al
componente actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 6.7 puntos de un total
de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente debido a que
el ente fiscalizado, no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, contar con personal
especializado para garantizar el desarrollo continuo, seguridad y mantenimiento de los sistemas
informáticos y de comunicaciones del ayuntamiento, ni con un sistema de control y vigilancia
municipal, de los bienes muebles e inmuebles del municipio donde se formule y actualice
semestralmente el inventario y/o catálogo de dichos bienes; así mismo, no acreditó garantizar que
las actividades de control interno le permitan alcanzar sus objetivos municipales y responder a
los riesgos, comunicar al responsable de cada área, las políticas y procedimientos para que pueda
implementar las actividades de control respecto de las responsabilidades que tiene asignadas, ni
realizar revisiones periódicas o reuniones para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o en el
enfrentamiento de sus riesgos.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI)
respecto al componente de Actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a través
de políticas y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus riesgos,
incluidos los de corrupción y los de sistemas de información en el control interno, mediante la
contratación o designación de personal especializado para garantizar el desarrollo continuo,
seguridad y mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones del ayuntamiento; de
la implementación un sistema de control y vigilancia municipal, de los bienes muebles e inmuebles
del municipio donde se formule y actualice semestralmente el inventario y/o catálogo de dichos
bienes; de igual manera, garantizar que las actividades de control interno le permitan alcanzar
los objetivos municipales y responder a los riesgos, comunicar al responsable de cada área, las
políticas y procedimientos para que pueda implementar las actividades de control respecto de las
responsabilidades que tienen asignadas, y realizar revisiones periódicas y reuniones para detectar
la eficacia en el logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos. Asimismo, cumpla con
las obligaciones y recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y normatividad que emitan las
instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
De la revisión y análisis a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al
componente información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 6.7 puntos de un
total de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente debido a que
el ente fiscalizado, no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, contar con indicadores
para medir el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas por el municipio en el plan
municipal de desarrollo, contar con personal interno y externo confiable para obtener información
relevante que apoye al control interno, rendir a la ciudadanía un informe detallado sobre los recursos
recibidos, el estado financiero de la hacienda pública municipal, el avance de los programas, las
obras en proceso y concluidas, los resultados alcanzados al término del ejercicio, y en general del
estado que guardan los asuntos municipales, ni contar con una plataforma de transparencia oficial
para el cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la normatividad aplicable.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información de calidad que
el Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y comunican para
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