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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

RESULTADO: AD-03  CON OBSERVACIÓN                                                                                                                     INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS

El H. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Topiltepec, Distrito de Teposcolula, Oaxaca,
aprobó su Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, por un importe de $2,909,998.12
(Dos millones novecientos nueve mil novecientos noventa y ocho pesos 12/100 M.N.),
para ejercer a través de un Programa Presupuestario, y registró en la Cuenta Pública 2022 un

Presupuesto de Egresos Modificado de $3,356,498.10 (Tres millones trecientos cincuenta
y seis mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 10/100 M.N.), para ejercer a través de
cuatro Programas Presupuestarios, observándose inconsistencias, debido a que el Programa

Presupuestario originalmente aprobado en el Presupuesto de Egresos no reporta registro

presupuestal de importe aprobado, ni modificado, ni prevalece con registro al final del ejercicio en la

Cuenta Pública; así mismo, se observaron 4 programas presupuestarios que no fueron autorizados

en el Presupuesto de Egresos Aprobado, no obstante, reportan importes autorizados en dicho

documento; sin evidencia de que se haya realizado la aprobación de la modificación de dichos

Programas, por lo que no demuestra que en la elaboración del Presupuesto de Egresos se haya

realizado una adecuada planeación y programación, formulando un Presupuesto de Egresos basado

en Resultados, como se detalla a continuación:

                                          PRESUPUESTO                                    MONTO                  MONTO
                                                                                    AUTORIZADO              MODIFICADO
NO.  PROGRAMAS AUTORIZADOS SEGÚN               APROBADO   PROGRAMAS SEGÚN CUENTA   SEGÚN CUENTA           SEGÚN CUENTA
          PRESUPUESTO DE EGRESOS                  SEGÚN                   PÚBLICA
                        APROBADO                                                        PÚBLICA                PÚBLICA
                                          PRESUPUESTO DE

                                          EGRESOS

1    AMPLIACIÓN DE LA RED DEDISTRIBUCIÓN                  SIN REGISTRO               SIN REGISTRO           SIN REGISTRO
     DE AGUA POTABLE
                                                                                                    0.00        200,000.00
2 DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO                                                           1,458,897.00           1,458,897.00
3 2,909,998.10 VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS                                             1,358,077.10          1,485,925.94

4 GOBIERNO MODERNO                                                                         93,024.00              211,675.16
                                                                                   $2,909,998.10          $3,356,498.10
5 SEGURIDAD CIUDADANA

     TOTALES                              $2,909,998.10

Por otra parte, el ente fiscalizado no presentó las modificaciones al Presupuesto de Egresos para
el ejercicio fiscal 2022, con sus correspondientes publicaciones, con las que justifique los ajustes
en los Programas Presupuestarios, los objetivos y metas originalmente programados, por lo que
no acredita la autorización del Ayuntamiento para la modificación presupuestal realizada en los
importes originalmente autorizados en los programas aprobados.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

        Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
        Artículo 8: “Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la correspondiente fuente
        de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.” y;
        Artículo 18 párrafos primero y segundo: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los
        Municipios se deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental
        y las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores
        del desempeño; deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos;
        e incluirán cuando menos objetivos anuales, estrategias y metas. Las Leyes de Ingresos y los Presupuestos de Egresos de los Municipios
        deberán ser congruentes con los Criterios Generales de Política Económica y las estimaciones de las participaciones y Transferencias
        federales etiquetadas que se incluyan no deberán exceder a las previstas en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación y en el
        proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como aquellas transferencias de la Entidad Federativa correspondiente.”

        Ley General de Contabilidad Gubernamental.
        Artículo 61 fracción II incisos a) y b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y
        presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
        en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
        ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: a) Las prioridades de gasto,
        los programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo el analítico de
        plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones para personal
        eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto correspondiente a
        compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, entre otros; b) El listado de
        programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”

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