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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Moderno” se reportó el cumplimiento del 100% de las metas alcanzadas; sin embargo, los datos                                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
reportados y verificados no son susceptibles de comparación y comprobación respecto de las
metas programadas, debido a que el ente fiscalizado no elaboró las Matrices de Indicadores para
Resultados (MIR); así mismo, al no contar con la MIR, no hay susceptibilidad de comparación,
asimismo, al no haber alienación del programa “Desarrollo Social y Humano” con los objetivos
planteados en el Plan Municipal y Estatal del Desarrollo, no acredita el cumplimiento de las metas y
objetivos de los Programas Presupuestario.

          MEDICIÓN DEL AVANCE DE FINANCIERO DE OBJETIVOS, ACCIONES Y METAS (CUENTA PÚBLICA)                 REPORTE DE PROGRAMA PRESUPUESTARIOS   PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO
                                                                                                                                (CUENTA PÚBLICA)         MATRIZ DE INDICADORES PARA
                                                                                                                                                                  RESULTADOS (MIR)

     PROGRAMA    OBJETIVO DEL         ACTIVIDAD        OBRA/ACCIÓN             IMPORTE         IMPORTE      UNIDAD     METAS  METAS      METAS    ACTIVIDAD  UNIDAD          METAS
PRESUPUESTARIO     PROGRAMA                                                 MODIFICADO       PAGADO AL          DE    PROGRA         ALCANZADA                   DE   PROGRAMADAS
                                                                                             31-DIC-2022               MADAS
                                                                                                            MEDIDA                                           MEDIDA

                                                       ACCIONES DEL
                                                       CAPÍTULO 1000
                                                       SERVICIOS
                                                       PERSONALES

                                                       ACCIONES DEL         3,872,234.69
                                                       CAPÍTULO 2000
                                    SERVICIOS          MATERIALES Y
                                    PERSONALES,        SUMINISTROS
                                    MATERIALES Y
                                    SUMINISTROS,       ACCIONES DEL                          3,834,675.98   %         100 0          100          SIN MIR    SIN MIR  SIN MIR
                                    SERVICIOS          CAPÍTULO 3000                             200,589.6  %         100 0
                                    GENERALES,         SERVICIOS GENERALES
                                    AYUDAS Y BIENES
                 APLICACIÓN DE LOS  MUEBLES E          ACCIONES DEL
                 RECURSOS DEL       INMUEBLES          CAPÍTULO 4000
                 RAMO 28, FONDO                        ASIGNACIONES,
                 IV EN LAS CUENTAS  PROGRAMA DE        SUBSIDIOS Y OTRAS
                 CONTABLES          FORTALECIMIENTO    AYUDAS
                 DE SERVICIOS       A LA
DESARROLLO       PERSONALES,        TRANSVERSALIDAD    ACCIONES DEL
SOCIAL Y URBANO  MATERIALES Y       DE LA PERSPECTIVA  CAPÍTULO 5000
                 SUMINISTROS,       DE GENERO          BIENES MUEBLES,
                 SERVICIOS                             BIENES INMUEBLES E
                 GENERALES,                            INTANGIBLES
                 AYUDAS Y
                 SUBSIDIOS, Y                          ACCIONES DEL
                 COMPRA DE                             CAPÍTULO 2000
                 BIENES MUEBLES E                      MATERIALES Y
                 INMUEBLES.                            SUMINISTROS

                                                       ACCIONES DEL         256,879.24                                               100          SIN MIR    SIN MIR  SIN MIR
                                                       CAPÍTULO 3000
                                                       SERVICIOS GENERALES

                                                       ACCIONES DEL
                                                       CAPÍTULO 5000
                                                       BIENES MUEBLES,
                                                       BIENES INMUEBLES E
                                                       INTANGIBLES

                                    REHABILITACIÓN     REHABILITACIÓN DE    1,074,252.57     1,074,252.57   METROS    332     0      50           SIN MIR    SIN MIR  SIN MIR
                                    DE ESPACIOS        CANCHA MUNICIPAL                                     LINEALES
                                    MULTIDEPORTIVOS    (2022)

                                                       REHABILITACIÓN
                                                       DE ESPACIOS
                                                       MULTIDEPORTIVOS
                                                       (2022)

TOTAL DEL PROGRAMA: DESARROLLO SOCIAL Y URBANO                              $5,203,366.50 $5,109,518.15

GOBIERNO         SUFICIENTE         REHABILITACIÓN DE  REHABILITACIÓN DEL   1,326,492.91     1,326,492.91   METROS    4,500   0      8,504        SIN MIR    SIN MIR  SIN MIR
MODERNO          INFRAESTRUCTURA    AGUA POTABLE       SISTEMA DE AGUA                                      LINEALES
                 DE AGUA POTABLE                       POTABLE 3ª ETAPA
                                                       (2022)

TOTAL DEL PROGRAMA: GOBIERNO MODERNO                                        $1,326,492.91 $1,326,492.91  

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley General de Contabilidad Gubernamental.

         Artículo 61 fracción II, inciso c): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria
         y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las
         demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos
         equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: c) La aplicación de los recursos conforme a
         las clasificaciones administrativa, funcional, programática, económica y, en su caso, geográfica y sus interrelaciones que faciliten el análisis
         para valorar la eficiencia y eficacia en el uso y destino de los recursos y sus resultados.”

         Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca.

         Artículo 68 fracción X: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la administración pública municipal,
         encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes facultades y obligaciones: X.- Vigilar
         la recaudación de ingresos en todos los ramos de la administración pública municipal, con apego a lo dispuesto en la Ley de Ingresos
         Municipales, inspeccionar los fondos de la hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los recursos municipales se hagan
         con estricto apego al presupuesto de egresos y a las leyes correspondientes y a los principios constitucionales de austeridad, planeación,
         eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y en su caso, autorizar los estados financieros del Municipio.”;
         127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios
         constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez así como los programas de actividades
         del Ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de
         diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal.”

                                                                                                                                                                               27
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